- La principal duda era saber si la presidenta del Parlament, Laura Borràs, aceptaría la delegación de voto de Pau Juvillà después de la resolución de la Junta Electoral Central (JEC) que le retiró el acta, y finalmente optó por no hacerlo en virtud de un artículo del reglamento, el 16.1, que establece que la votación no puede quedar contaminada por un conflicto de intereses. El pleno celebrado en el Parlament sirvió para aprobar el dictamen de la Comisión del Estatuto del Diputado que avaló la mayoría soberanista en defensa del escaño del dirigente anticapitalista y secretario tercero de la Mesa.

Con todo, su partido da por “suspendidos” sus derechos como diputado. De hecho, la CUP decidió no participar en la votación en señal de protesta por el hecho de que Juvillà no fue convocado al pleno. El dictamen se validó con los 73 votos a favor de ERC, JxCat y En Comú Podem, y los 53 en contra de PSC, Vox, C’s y PP.

Condenado por desobediencia a una inhabilitación de seis meses y a una multa de 1.080 euros por no descolgar los lazos amarillos de su despacho del Ayuntamiento de Lleida durante la campaña electoral de 2019, la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) no es firme al interponerse un recurso todavía por resolver en el Tribunal Supremo que, a su vez, tampoco ha atendido aún a la petición de medidas cautelares de la Cámara catalana para frenar la orden firme en vía administrativa de la Junta Electoral Central (JEC) que le despoja de su acta.

Hoy finaliza el plazo de la JEC a Borràs para informar de todas las medidas tomadas en cumplimiento de la retirada del escaño a Juvillà. Las credenciales de la nueva diputada, la siguiente en la lista por Lleida, ya están en la Cámara, aunque no las ha recogido. Borràs, de facto, prefirió evitar posibles consecuencias judiciales.

El artículo 16.1 al que se acogió dice que “existe conflicto de intereses cuando un diputado tiene un interés personal directo o indirecto que puede influir de forma inadecuada en el cumplimiento de sus deberes como diputado de manera íntegra. Se entiende por intereses personales los propios del diputado y los secundarios, es decir, los su entorno familiar, de amistades, etc”.