Donostia. La Sala de Vacaciones del Tribunal Constitucional (TC) no varió el guion que se intuía y rechazó la petición de excarcelación que cursaron 16 presos de ETA sometidos a la doctrina Parot. Los reclusos, a través de su abogado, Iñigo Iruin, hicieron esta solicitud una vez el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) condenó al Estado español el 10 de julio por aplicar la doctrina Parot a Inés del Río y le instaba a liberarla e indemnizarla. El TC consideró ayer que el argumento principal utilizado por la defensa -la sentencia del TEDH- para solicitar la puesta en libertad “carece de relevancia suficiente” porque, según fuentes jurídicas consultadas por la agencia Europa Press, no tiene el “carácter definitivo”.
El Estado español anunció su intención de agotar el recorrido judicial y llevar el caso Inés del Río contra España a la Gran Sala del TEDH. Será entonces cuando, según lo expresado por la Sala de Vacaciones del TC, compuesta por el presidente del tribunal, Pascual Sala; el vicepresidente, Ramón Rodríguez-Arribas, y el magistrado Pablo Pérez-Tremps, se podrá tomar una decisión definitiva.
En este sentido, y según fuentes consultadas por este diario, “lo más probable” sería que la Gran Sala se pronuncie en la misma línea que ya lo hizo a comienzos de julio la Sala Tercera de la Corte europea. La principal razón que lleva a pensar en ese escenario es que esta instancia sentenció por unanimidad, sin dejar apenas lugar a otro tipo de interpretaciones, que serán las que tratará de mantener el Estado español.
Una vez la Sala de Vacaciones rechazó ayer las 16 peticiones que se hicieron como consecuencia de la sentencia del TEDH, el propio Constitucional español deberá analizar aún estos casos de manera definitiva e individual. Esto es lo que está haciendo desde marzo, cuando analizó los 31 primeros recursos de condenados a los que se les aplicó la doctrina Parot. Entonces, se aceptaron tres recursos -Jose Ignacio Gaztañaga, Juan Mari Igarataundi y Jose Mari Perez, Txuri- , no se admitieron a trámite otros tres y 25, de los que 21 eran de presos de ETA, se rechazaron.
Dos meses más tarde, Peio Etxebarria vio resuelta su petición favorablemente, mientras que el Tribunal confirmó la aplicación de la doctrina a otros dos reclusos. Estos dos junto a los 21 cuya petición fue denegada en marzo pueden ya seguir el camino abierto por Del Río y acudir a la Corte europea.
Aplicar o no aplicar La del caso Inés del Río contra España fue la primera resolución del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre la denominada doctrina Parot, la sentencia 197/2006 del Tribunal Supremo.
Desde entonces, las reacciones en la judicatura y en el MLNV no se han hecho esperar. Una asociación de los primeros, como la conservadora Asociación Profesional de la Magistratura, ya ha señalado que la aplicación de las sentencias de la Corte europea son “voluntarias”, aunque ha reconocido que no es “infrecuente” que los jueces suelen asumirlas.
Por su parte, la dirigente de la izquierda abertzale Maribi Ugarteburu declaró que la decisión de la Sala de Vacaciones del TC es un “desesperado intento de ganar tiempo y de prolongar innecesariamente el sufrimiento de los 60 reclusos”.