En el año 2022, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha introducido una serie de modificaciones en el reglamento de circulación. Hay algunas maniobras que han quedado prohibidas e infracciones con sanciones más severas. Estas novedades se unen a la lista de acciones objeto de multa que, en muchos casos, tendemos a olvidar. Para solucionar dudas y evitar disgustos, hemos elaborado el siguiente decálogo con las sanciones más desconocidas y habituales:

  1. Multa por no respetar la distancia de seguridad. La norma establece que la distancia de seguridad debe ser la que permita detenerse en caso de frenazo brusco sin colisionar con él, teniendo en cuenta la velocidad, las condiciones de frenado y adherencia. Esta infracción está considerada como grave y conlleva 200 euros de multa y la pérdida de 4 puntos del carnet de conducir. 
  2. Multa por quedarse sin gasolina durante un viaje. Este despiste (o falta de previsión) puede suponer una sanción administrativa de 200 euros por “conducción negligente siempre que el conductor dé origen a “una situación de riesgo o peligro para sí mismo.
  3. Multa por superar el límite de velocidad para adelantar. Una de las nuevas medidas de la DGT más cuestionadas es la eliminación de la norma que permitía superar en 20 km/h el límite de velocidad para realizar un adelantamiento en vía secundaria. Ahora ya no se puede hacer esta maniobra y el conductor no podrá superar la velocidad estipulada en ningún caso. Hacer caso omiso de esta regla conlleva una multa, que será determinada en función de la velocidad a la que se haya circulado. Así pues, debemos remitirnos a la tabla de velocidades y sanciones de la DGT. Si se alcanzan los 110 km/h en una vía limitada a 90 km/h (lo que era, hasta ahora, legal) será sancionado con una multa de 100 euros, sin pérdida de puntos. 
  4. Multa por tirar una colilla por la ventana. Los cigarrillos mal apagados han quemado más de 40.000 hectáreas de bosque en los últimos 20 años. Por eso, arrojar una colilla desde el coche se castiga con una multa de 200 euros y la retirada de 4 puntos del carnet de conducir.
  5. Multa por conducir con chanclas o descalzo, sin camiseta, comer o beber al volante y sacar el codo por la ventanilla. La DGT aclara que no son una infracción al Reglamento y no están prohibidas, pero sí pueden provocar una situación punible. La respuesta está en el artículo 177 del código de circulación que señala que “los conductores deberán estar en todo momento en condiciones de controlar su vehículo, al que un agente se puede acoger para sancionar con una multa de hasta 200 euros. En estos casos, la denuncia no se producirá por el hecho concreto sino porque esa acción afecta a la seguridad de la conducción.
  6. Multa por circular por el carril izquierdo. El 60% de los conductores sufren el síndrome del carril izquierdo. O, lo que es lo mismo, hacen un mal uso del mismo. En una vía con varios carriles de circulación por cada sentido se debe usar el carril derecho. No hacerlo sin motivo aparente está considerado como infracción grave y se sanciona con una multa de 200 euros.
  7. Multa por usar el teléfono móvil. Esta práctica multiplica por cuatro el riesgo de sufrir un accidente. Por eso, manipular el dispositivo móvil mientras conducimos es una infracción tipificada como grave. Con la reforma del código de circulación: aquel conductor que conduzca con el teléfono en la mano, aunque no esté haciendo uso de él, se enfrentará a una multa de 200 euros y la retirada de seis puntos del carnet de conducir. 
  8. Multa por conducir con auriculares. La Ley de Seguridad Vial considera esta acción como una infracción grave porque disminuye la obligatoria atención a la conducción, con lo que se sanciona con una multa de 200 euros y la pérdida de 3 puntos.
  9. No llevar el permiso de conducir. Aunque muchos de los desplazamientos en coche en zonas de veraneo son trayectos cortos para ir a la playa o la piscina, es obligatorio llevar el permiso de conducir siempre. No hacerlo supone una infracción sancionable con 10 euros. Recuerda que también puedes llevarlo digitalmente a través de la app DGT.
  10. Multa por llevar el equipaje mal organizado. Llevar el equipaje mal organizado también puede ser motivo de sanción. De acuerdo con el artículo 18 del Reglamento General de Circulación, “el conductor deberá cuidar la adecuada colocación de los objetos o animales transportados para que no haya interferencia entre el conductor y cualquiera de ellos. De no hacerlo, sería sancionado con una multa de 80 euros, pero si la carga se cayese del vehículo, podría llegar hasta los 200 euros.