Trabajo quiere que el nuevo permiso por cuidados paliativos de un familiar sea de 15 días
La ampliación a 10 días del permiso por fallecimiento hasta el segundo grado de consanguinidad se podrá repartir en cuatro semanas
El Ministerio de Trabajo quiere ampliar hasta 10 días el permiso por fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad y que se pueda disfrutar hasta que hayan transcurrido cuatro semanas del fallecimiento en días continuados o discontinuos, mientras que plantea dar hasta 15 días para el nuevo permiso de cuidados paliativos del cónyuge, pareja de hecho o parientes también hasta el segundo grado por consanguinidad.
Así se indica en el documento al que ha tenido acceso Europa Press, después de que el Departamento deYolanda Díazhaya enviado la propuesta a los agentes sociales este fin de semana.
Otra de las novedades del Real Decreto que Trabajo quiere impulsar con nuevos permisos retribuidos es la incorporación de un permiso de un día para acompañar a una persona cuando vaya a recibir la eutanasia y al que tendrá derecho cualquier trabajador que haya sido designado por esta para acompañarla, independientemente de si hay o no parentesco.
Sobre el permiso por fallecimiento, la ampliación hasta 10 días para cuidado de un familiar incluye tanto a hijos, como a nietos y también a abuelos. Sin embargo, Trabajo mantiene los dos días actuales de permiso por fallecimiento de un familiar hasta el segundo grado de afinidad (cuñados y abuelos del cónyuge), ampliables otros dos en caso de desplazamiento.
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Actualmente, los trabajadores tienen derecho a dos días de permiso por fallecimiento de familiar de primer y segundo grado de consanguinidad (padre, hijos, hermanos, abuelos y nietos), que puede ampliarse hasta cuatro si necesitan desplazarse a otra localidad.
Por su lado, el nuevo permiso por cuidados paliativos podrá dividirse a voluntad de la persona trabajadora, en dos fracciones, en un periodo de tres meses, a contar desde el primer día en la que la persona trabajadora se acoge a dicho permiso y hasta la fecha de fallecimiento de la persona que precisa de dichos cuidados.
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Solo se podrá hacer uso de este permiso una única vez respecto de la persona que precise de los cuidados paliativos, sin perjuicio del derecho de la persona trabajadora a acogerse, además y durante ese periodo, a los permisos por hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización si el paciente estuviera recibiendo los cuidados paliativos en régimen de atención domiciliaria.
REDUCCIÓN DE JORNADA POR CUIDADOS PALIATIVOS
Además, el texto recoge la ampliación del derecho a la reducción de jornada trabajo, con la disminución proporcional del salario entre, al menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquella, a quien precise encargarse del cónyuge o pareja de hecho, o de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad, que precise de cuidados paliativos, tanto en régimen de atención hospitalaria como domiciliaria.
La ministra de Trabajo avanzó hace unas semanas que lanzaría un Real Decreto Ley para modificar el Estatuto de los Trabajadores e incorporar la ampliación del permiso por fallecimiento hasta un máximo de diez días, así como uno nuevo por cuidados paliativos a familiares.
"Nadie puede ir bien a trabajar a los dos días del fallecimiento de un padre, de una madre, de un hijo, de una hija, de un amigo. Nadie puede hacerlo bien. Nadie", defendió Yolanda Díaz que indicó que los permisos por fallecimiento en España son "demasiado exiguos".
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