Una jueza de Barcelona ha decidido mantener el veto a la eutanasia solicitada por una joven de 23 años y autorizada por un comité de especialistas en bioética, tal y como establece la ley. La magistrada, que el pasado viernes paralizó in extremis la muerte asistida de la joven a petición del padre, representado por la Fundación Española de Abogados Cristinanos, planteó ayer una cuestión de competencia para inhibirse y elevar el caso al Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC). Entre otras cuestiones, porque no existe un precedente legal en el que la Justicia revoque una eutanasia autorizada previamente por la Administración. 

Mientras tanto la joven, que padece una lesión medular grave como consecuencia de un intento de suicidio en 2022, deberá esperar a que la máxima instancia judicial catalana se pronuncie para ejercer su derecho individual a una muerte digna que consagra la Ley de Eutanasia y que, en su caso, cuenta con la autorización de la Comisión de Garantía y Evaluación de Catalunya, integrada por médicos y juristas. Cabe recordar que en la despenalización de la ayuda para morir con dignidad solo se contempla en dos supuestos: en caso de enfermedad irreversible que provoca severas limitaciones a la autonomía y para pacientes en fase terminal. En el caso de que se padezca una “enfermedad grave e incurable”.

MEDIDAS CAUTELARES

La magistrada del Juzgado número 12 de Barcelona informó de su decisión de mantener las medidas cautelares adoptadas el pasado viernes –la paralización de la eutanasia– a todas las partes: Fiscalía; Generalitat, en representación de los deseos expresados por la hija; y la citada asociación de abogados formada por integristas religiosos, de parte del padre. La judiacialización de esta historia saca a la luz no solo los debates éticos que la Ley de Eutanasia sigue despertando tres años después de su aprobación, sino los obstáculos con los que se está topando, tal y como viene denunciando la asociación Derecho a Morir Dignamente (DMD).

El vicepresidente, de DMD, Fernando Marín, criticaba en el tercer aniversario de la ley que los plazos de la tramitación de este derecho a una muerte digna “se prolongan demasiado”. “Deberían durar de 30 a 35 días y llegan a los 75 días de media”, detalló. La principal consecuencia derivada de ello es que la tercera parte de las personas que piden la eutanasia mueren mientras se procesa su solicitud. A 31 de diciembre de 2023, un total 1.476 personas habían solicitado la prestación y, de ellas, 686 ya habían recibido en esa fecha ayuda para morir. Al menos 184 habían fallecido mientras se tramitaba su petición.

CAMBIO DE OPINIÓN TESTIMONIAL

Son las cifras hechas públicas hasta el momento por el Ministerio de Sanidad que en diciembre publicó un detallado balance de la aplicación de la ley centrado en 2022, el primer año en vigor completo. Según Sanidad, el número de personas que cambian de opinión es mínimo. En 2022 solo una persona se echó atrás y lo hizo antes de firmar el consentimiento informado. También es pequeño el número de pacientes que piden aplazarla, solo 22 en el último ejercicio completo.

El perfil de los solicitantes más frecuente es el de una persona de entre 60 y 80 años que padece enfermedades graves de tipo neurológico u oncológico. En 2022 hubo 576 solicitudes, 281 de hombres y 245 de mujeres. Solo cuatro tenían menos de 30 años y 97 eran octogenarios.

El caso de la paciente de Barcelona recibió todas las luces verdes por parte de la Administración. El problema es que se retractó una vez y reconoció en una carta escrita el 29 de julio que tenía dudas. Sin embargo, un día después se arrepintió y quiso retomar el proceso. Pero su padre se ampara en este proceder errático para cuestionar su equilibrio mental. Según desveló ayer el abogado de la asociación ultracatólica, José María Fernández, la joven “tiene un trastorno límite de personalidad e impulsivo con tentaciones suicidas”. El abogado del padre recordó que la chica padece un grave problema de movilidad en las piernas que le mantiene atada de por vida a una silla de ruedas tras intentar quitarse la vida tras arrojarse al vacío desde un quinto piso. En este sentido, el abogado señaló que “su solicitud es previa a sus problemas físicos y consecuencia de sus problemas mentales, por lo que entendemos que debe estar en tratamiento psiquiátrico”. Asimismo, el letrado se felicitó porque es la primera vez que un juzgado paraliza una eutanasia que ha sido aprobada previamente por el comité técnico.

GARANTÍAS DEL PROCESO

Solicitud firmada e informada del paciente

El procedimiento para activar la muerte asistida se inicia con una solicitud escrita que deben firmar el paciente y su médico, encargado verificar que cumple los requisitos.

Comisión de garantías resuelve en 15 días

Si el profesional sanitario, denominado “médico responsable”, considera que no los cumple, debe enviar un informe desfavorable a la Comisión de Garantía y Evaluación de la comunidad autónoma, un comité de expertos que tendrá quince días para responder.

Periodo de reflexión y confirmar la petición

Si cumple los requisitos, se abre también un periodo de reflexión de al menos quince días en los que se informará al paciente de las diferentes alternativas terapéuticas. Superado ese plazo deberá presentar una segunda solicitud y después confirmar que quiere continuar con el proceso, firmando el documento de consentimiento informado.

Periodo de reflexión confirmar la petición

Llegados a este punto, el médico responsable consulta con un “médico consultor”, ajeno a su equipo, que examina de nuevo el caso y emite un informe que, en cualquier caso , deberá ser validado por los expertos de la Comisión de Garantía y Evaluación.