"En cuanto te descuides, te mato". "Voy a por ti, ten cuidado". El cliente de una oficina bancaria de la Comarca de Pamplona utilizó varias estas frases amenazantes contra la directora de dicha sucursal y su violenta actitud, al menos oral, le han valido una condena de 16 meses de prisión en la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Navarra, que ha confirmado íntegramente la sentencia que ya le impuso el Juzgado de lo Penal número 2 de Pamplona.

Además, debe indemnizar a la empleada bancaria con 3.000 euros por daños morales, se le impone una orden de alejamiento y una prohibición de comunicación con la víctima durante tres años, el mismo tiempo que se le impide acudir a la oficina donde trabaja la víctima a la que amenazaba.

El hombre recurrió la condena a la Audiencia, alegando que él era quien había padecido graves quebrantos a raíz de "unas extracciones ilícitas e irregularidades detectadas en su tarjeta de crédito", según afirmaba, que le hicieron denunciar la situación ante Consumidores Irache y la Policía Foral, lo que le generó un cuadro de crispación.

Pero la Audiencia desestima el alegato del acusado. El tribunal sentencia que en los hechos probados se recogen las discrepancias que mantenía el procesado con la entidad bancaria, "pero lo que no queda en modo alguno acreditado es que dicha situación amparase lo que ahora pretende el acusado, que le absuelva o se le atenúe la responsabilidad por ello".

UNA RELACIÓN DE 14 AÑOS COMO CLIENTE

En la resolución se recuerda que el acusado, sin antecedentes penales, desde el año 2008 era cliente de la entidad bancaria, que más adelante fue absorbida por otro banco. Habitualmente era atendido por la directora de varias sucursales, siguiéndole el acusado como cliente.

Fue en el año 2017 cuando el acusado mostró sus discrepancias con el mencionado banco, "si bien centró y personalizó tales divergencias", quien desempeñaba en aquel momento el cargo de gerente de Negocios, a quien delante de empleados y clientes, acusó en varias ocasiones de haberle robado, diciéndole que le iba a perjudicar. De este modo, a principios del 2018 acudió a la sucursal, dirigiéndose hacia la mujer, le levantó la mano al tiempo que decía "ten cuidado voy a por ti", "te voy a matar", permaneciendo en la sucursal, negándose a ir, hasta que llegaron agentes de la Policía Municipal de la localidad.

Ante ello, la entidad bancaria le instó a que cancelase todos los contratos que tuviera con ellos, y no volviera a la sucursal, pese a lo cual en la primavera de 2019, acudió de nuevo, y esta vez amenazó de muerte a la gestora. A finales del mes de julio de 2020, de nuevo fue a la sucursal, y haciendo uso de tono intimidatorio, la acusó de haberle robado -65.000-euros, añadiendo "en cuanto te descuides te mato"; "voy a por ti". El acusado se dirigía siempre a ella de forma agresiva, lo que le provocaba temor e inquietud.

La sentencia recuerda que los hechos quedaron acreditados gracias a la declaración de la víctima y de sus compañeros de sucursal, de hecho en el año 2018 incluso una compañera se tuvo que interponer dada la agresividad con la que el cliente se dirigía a la víctima También en otra ocasión, esta entró muy asustada al despacho del director, tras haberle llamado el acusado ladrona y decirle que la iba a matar.

En definitiva, el juzgado de lo Penal ya concluyó que "hay una sucesión de actos claramente intimidatorios, encaminados a atemorizar a la mujer, a quien el acusado convirtió en cabeza de turco de sus problemas con la entidad bancaria, responsabilizándole personalmente de que hubiera perdido dinero. Todo ello, y es importante señalarlo, sin que el acusado reclamara judicialmente a la entidad a pesar de formular una acusación tan grave como que le habían robado 65.000 euros".