- El borrador del informe del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) sobre la ley trans advierte al Gobierno de que algunos de sus preceptos vulneran el derecho fundamental a la igualdad recogido en la Constitución, al perjudicar a las mujeres, y no protegen suficientemente a los menores. El informe, que será sometido al pleno del CGPJ el próximo 20 de abril y que es preceptivo aunque no vinculante para el Ejecutivo, cuestiona numerosos puntos del anteproyecto diseñado por el Ministerio de Igualdad y que vio la luz tras una dura negociación en el seno del Gobierno.
Según informa el CGPJ, el borrador, redactado por dos vocales del sector conservador y una del progresista, ve “loable” la finalidad de la norma, que es garantizar la igualdad y evitar la discriminación de los colectivos trans y LGTBI, pero incluye diversas “consideraciones técnicas”. El anteproyecto abre la puerta al cambio de sexo en el registro sin necesidad de informes médicos a partir de los 12 años. Entre 12 y 14 años se necesitará aprobación judicial; entre 14 y 16, la asistencia de padres o tutores; y a partir de los 16 no habrá limitación alguna.
Alertan los vocales de que le ley puede tener el “indeseado efecto” de generar situaciones de discriminación positiva y acabar discriminando de forma indirecta a las personas a las que no protege, especialmente a las mujeres no transexuales. Ponen de ejemplo el impacto de la ley en el deporte o en las pruebas físicas para acceder a determinadas profesiones y ven indispensable introducir cautelas para evitar que las mujeres no transexuales se vean discriminadas, ante “la realidad de la diferencia de las condiciones físicas existentes y de la superioridad física de la mujer transexual frente a la que no lo es”.
Entre los “aspectos oscuros” y “disfunciones” que aprecian, piden también garantías para evitar situaciones fraudulentas y que nadie se cambie de sexo para eludir responsabilidades frente a víctimas de violencia de género. Por otra parte, los vocales creen que no se protege suficientemente a los adolescentes de entre 14 y 16 años, que pueden cambiar su sexo registral sin más condición que la asistencia de sus representantes legales, y subrayan que debe primar el interés superior del menor.
Propone que en esos casos, como se fija para los niños de 12 a 14 años, un juez compruebe que tienen “suficiente madurez” y “estabilidad en la situación de transexualidad”, como determinó el Constitucional. En el borrador se critica también la técnica legislativa y el uso reiterado de leyes denominadas “integrales” o “trasversales” al considerar que conduce a una “excesiva atomización del ordenamiento jurídico”, pues se dota a determinados colectivos de un régimen privilegiado de protección, “con notable detrimento del derecho a la igualdad y del principio de seguridad jurídica”.
Para proteger ese principio, se recomienda, por ejemplo, concretar las consecuencias del cambio de sexo en el matrimonio o qué ocurre si se decide revertir un cambio de sexo registral, algo que permite la ley pasados seis meses. Para el CGPJ, la reversión debería tener carácter “absolutamente excepcional”, “siempre bajo decisión judicial y nunca de forma incondicionada ni ilimitada”. Si es un menor debe primar su interés superior, pero en el resto de casos puede verse afectado de forma directa el principio constitucional de seguridad jurídica, advierte.
Dudas
Los vocales del Consejo General del Poder Judicial en su informe preceptivo sobre la ley trans aplauden la prohibición de las terapias de conversión, aunque dudan de que se pueda hacer cuando haya consentimiento del afectado. El organismo apunta que la prohibición de las terapias de reconversión de personas LGTBI, que también incluye este texto, alcanza incluso a aquellas situaciones en las que se cuenta con el consentimiento del afectado, lo que para los jueces es “cuestionable por cuanto constituye una injustificada restricción de la capacidad de obrar de las personas”.