Síguenos en redes sociales:

La víctima recurre al TS para que ‘La Manada’ sea condenada por agresión

El abogado defensor recuerda también la sentencia sobre la denominada ‘Manada de Villalba’

La víctima recurre al TS para que ‘La Manada’ sea condenada por agresión

Iruñea - El abogado Carlos Bacaicoa, uno de los dos letrados de la víctima de La Manada, confía en que el Tribunal Supremo (TS), al que presentaron recurso de casación, dictamine que los hechos denunciados en los Sanfermines de 2016 fueron una agresión sexual y no un abuso sexual como se sentenció. “Soy francamente optimista, al final se les va a condenar por agresión sexual”, manifestó tras confirmar que presentó el recurso ante el TS, al igual que comunicaron la defensa de los acusados y las acusaciones populares del Gobierno de Nafarroa y el Ayuntamiento de Iruñea, que también piden en sus escritos que sean considerados como agresión sexual y solicita que se eleve la pena a los cinco condenados. En su recurso, la acusación particular argumenta con jurisprudencia que lo ocurrido fue una agresión sexual y no un abuso sexual como determinó la Audiencia de Nafarroa y ratificó el Tribunal Superior de Justicia de Nafarroa (TSJN), con el voto discrepante de dos de sus cinco miembros.

Delito contra la intimidad Esa resolución, que confirmó la pena de nueve años de prisión para cada uno de los cinco acusados, apreció, a diferencia de la primera, un delito contra la intimidad que podría incrementar las penas de los acusados, pero sobre el que no se pronunciará la sala hasta que la sentencia sea firme, según el abogado, quien apuntó que esto puede ser dentro de varios años. En su recurso, la acusación además pide que se condene a dos de los acusados por el delito del robo del teléfono de la joven, ya que en la sentencia se considera probado que el acusado del robo se lo entregó a otro, por lo que este último también era conocedor de ese hecho. A ello se suma la petición de aumentar la responsabilidad civil de 50.000 a 250.000 euros.

El abogado llamó la atención sobre una reciente sentencia sobre un caso similar, el de la denominada Manada de Collado Villalba, en el que se impusieron penas de catorce y quince años para los acusados, superiores a las fijadas en Nafarroa. “Los casos son bastante parecidos, en ese caso existe una pequeña violencia que no existió en este, pero aquí existe la intimidación para convertir en agresión sexual el ataque que padeció mi cliente”, sostuvo. A eso añadió la “intimidación ambiental” que se produjo, en ambos casos, al reconducir a la víctima a un lugar apartado con la presencia de varones de superior envergadura, lo que “anula la resistencia”.

Bacaicoa destacó que la jurisprudencia que emplea la Audiencia de Madrid es la misma que utilizó el voto particular del TSJN en relación con la intimidación ambiental y con ella concluye que hubo agresión sexual, por lo que si hubiera sentenciado el caso de Iruñea “hubiera apreciado agresión sexual, que es la única condena posible dados los hechos probados por la sentencia”, aseveró. - Efe