El instructor del 'caso Koldo' en el Tribunal Supremo (TS), el magistrado Leopoldo Puente, ha acordado mantener en prisión provisional al ex secretario de Organización del PSOE Santos Cerdán, rechazando así su última petición, al considerar que persiste el riesgo de destrucción de pruebas, si bien avisa de que previsiblemente no se prolongará más allá del 30 de diciembre, en el marco de la presunta trama de cobro de comisiones a cambio de obra pública.

Fue el pasado 30 de junio cuando Cerdán ingresó en la cárcel de Soto del Real (Madrid) por su presunto papel principal en la referida trama, por la que el alto tribunal le achaca delitos de organización criminal, tráfico de influencias y cohecho.

Desde entonces, Cerdán ha reclamado su excarcelación varias veces pero el Supremo se lo ha denegado. En esta última resolución, el instructor explica que nada ha cambiado para ordenar ahora su puesta en libertad.

No obstante, da la razón a la defensa en que la prisión provisional no se prolongará por tiempo superior a seis meses, lo que fija la fecha límite en el próximo 30 de diciembre. "Se trata, sí, de un plazo límite máximo, pero ello, por descontado no significa que medida cautelar tan fuertemente aflictiva pueda perdurar hasta entonces, si hubieran desaparecido ya las razones que justificaron su adopción", añade.

LAS PESQUISAS CONTINÚAN

Para Puente, no es el momento oportuno para acordar la excarcelación porque el riesgo que apreció inicialmente de que destruya pruebas o manipule testigos no ha desaparecido, y la investigación continúa.

Sobre esto dice que "las investigaciones acerca de la precisa situación patrimonial de Cerdán no han concluido" y resulta preciso "profundizar en los eventuales vínculos económicos que pudieran existir entre Servinabar 2000", el ex 'número tres' del PSOE o "su círculo personal próximo, lo que comporta la realización de complejos análisis documentales que, en cierta medida, podrían ocultarse o alterarse todavía".

Agrega que "ese mismo riesgo" existe, "más acusadamente, con respecto a las posibles relaciones económicas y/o personales que Cerdán o Servinabar 2000 pudieran mantener o haber mantenido con personas concretas que vinieran actuando en nombre de Acciona".

"En el esclarecimiento de estos hechos se trabaja arduamente y avanza la investigación en las indicadas direcciones. Pero aún no ha concluido, siquiera en sus aspectos esenciales", detalla.

Con todo, resuelve que "ni desde luego ha transcurrido el plazo límite máximo de duración de la prisión provisional acordada en esta causa respecto a Cerdán, ni tampoco han cesado las razones que legítimamente justificaron su adopción".