- El principio de prescripción de los delitos y la Ley de Amnistía de 1977 impiden en principio perseguir y juzgar a nadie por crímenes franquistas en el marco de la Ley de Memoria Democrática cuyo anteproyecto fue aprobado el martes por el Consejo de Ministros, si bien el articulado de la norma abre la puerta a que, pese a que no haya condenas, los hechos puedan ser investigados. Así lo señalan fiscales y expertos consultados por Europa Press, que alertan de las dificultades de juzgar crímenes franquistas en el arco temporal establecido por el anteproyecto, que va de la Guerra Civil a la aprobación de la Constitución de 1978.
La principal razón pasa por lo establecido en la propia Carta Magna, que establece la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales. Las advertencias más categóricas a las dificultades las expone el portavoz de la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales , Juan Antonio Frago, que advierte de que la mayoría de los delitos que pretenden ser objeto de la nueva Fiscalía de Sala de Memoria Democrática anunciada por el Gobierno estarían prescritos. La única posibilidad sería calificarlos de genocidio y lesa humanidad, si bien tendría igualmente problemas de irretroactividad ya que fue introducida en el Código Penal ya en la etapa democrática.
Teresa Peramato, de la Unión Progresista de Fiscales, considera que en el supuesto de hechos cuyos responsables hubieran fallecido, la vía penal no tendría viabilidad porque la responsabilidad por los delitos ha quedado extinguida.