Violencia: el concepto en que discrepan Fiscalía y Abogacía
Los fiscales mencionan 20 veces el término para justificar el delito de rebelión
madrid - La diferencia entre el delito de rebelión y el de sedición radica en el concepto de violencia. Y es en ese punto donde los escritos de la Fiscalía y de la Abogacía del Estado chocan frontalmente. Mientras que la Abogacía no se refiere en ningún punto de su acusación a actos violentos, el texto de los fiscales menciona hasta en 20 ocasiones el término violencia, imprescindible para poder procesar por rebelión a 12 de los 18 investigados por el procés.
A este respecto, la Fiscalía basa su tesis en que se produjeron numerosos “actos de violencia y agresión” en las convocatorias producidas antes, después y durante la votación del 1-O, que provocaron “enfrentamientos”. Los abogados del Estado, sin embargo, rebajan el tono en su escrito y se limitan a señalar una “actitud hostil” de los procesados hacia las instituciones del Estado español.
Tal y como se preveía, la acusación de la Fiscalía del Estado es la más dura y se refiere en todo momento a “episodios de violencia”, “agresiones” y “enfrentamientos”. Para los fiscales, Oriol Junqueras fue el principal promotor de una rebelión violenta en la que enmarcan la “incendiaria convocatoria” del 20-S frente a la Conselleria de Economía y “múltiples episodios de violencia” que se produjeron más tarde. Entre ellos, la propia consulta del 1-O, donde según el escrito se desataron “actos de violencia y agresión” y “numerosas situaciones de tensión y enfrentamiento” contra las fuerzas de seguridad del Estado.
De esta manera, los fiscales Javier Zaragoza, Consuelo Madrigal, Fidel Cadena y Jaime Moreno se obcecan con el término violencia en un intento de justificar la imputación de la rebelión. El escrito alude por todos lados al uso de la fuerza y esgrime que la máxima responsabilidad recaía en Oriol Junqueras, Carme Forcadell y los Jordis; que, siempre según la Fiscalía, acordaron poner en práctica un “plan secesionista” mediante la utilización de todos los medios precisos, “incluida la violencia necesaria para asegurar el resultado criminal pretendido”.
El tono es muy dispar en el escrito de acusación de la Abogacía del Estado que, a diferencia del de la Fiscalía, no va firmado. Los letrados no citan ni una sola vez la palabra violencia y se refieren en su lugar a “ambiente crispado y hostil”, “destrozos” y “cortes de tráfico” en su descripción de los hechos ocurridos en septiembre y octubre del pasado año. La ausencia de este elemento es necesaria para poder imputarles el delito de secesión en lugar de rebelión. Además, la Abogacía resta importancia al papel que desempeñaron Jordi Sànchez y Jordi Cuixart. Respecto a los Mossos, la acusación de los abogados no recoge ninguna responsabilidad por parte del cuerpo policial.
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