Bilbao - La Audiencia Provincial de Bizkaia ha confirmado la sentencia del Juzgado de lo Penal número 1 de Bilbao que en noviembre de 2015 absolvió a las seis personas acusadas en el caso del supuesto dopaje a los remeros del club de remo Urdaibai en 2010.
En una resolución fechada el pasado 11 de abril y difundida ayer, la Sección Sexta de la Audiencia vizcaina desestima los recursos de apelación que presentaron contra la mencionada sentencia el Ministerio Fiscal y el entrenador de remo José Luis Korta, que ejerció la acusación particular.
La Audiencia considera que la sentencia apelada “cumple adecuadamente con los cánones de motivación exigibles, máxime tratándose de una sentencia absolutoria”.
En noviembre de 2015, el juez absolvió a quienes eran presidente, entrenador, médico y enfermera del club en 2010, Josu Zabalondo, José Manuel Francisco, Borja Garay y Arantza Ormaza, respectivamente, así como al doctor Marcos Maynar y a la enfermera Teresa Mesa.
Aunque el tribunal admitió que se adquirieron sustancias dopantes que llegaron al club Urdaibai, estimó que no se puede acreditar “ni el efectivo suministro” de los productos a los remeros “ni, fundamentalmente, el peligro en la vida o la salud del deportista”. Por ello, tampoco se puede acreditar una conducta delictiva de los acusados.
Al confirmar la sentencia absolutoria, la Audiencia Provincial de Bizkaia insiste en la resolución en que “no basta la acreditación de la adquisición por los acusados de determinados medicamentos, sino que ha de quedar suficientemente probado a quién se suministraron tales sustancias, la condición de estas personas, la situación física de quienes las recibieron, en su caso, así como los efectos de las sustancias o medicamentos”.
La acusación particular, como hiciera el Ministerio Fiscal durante la vista oral, apeló al “razonamiento lógico” para resolver el caso y se apoyó en que la compra de sustancias prohibidas estaba acreditada. La acusación consideraba que la mera adquisición debería valer para llegar a la conclusión de que se administraron sustancias a los remeros.
Además, la acusación añadió que existían “trece o catorce indicios” que deberían ser suficientes para realizar una sentencia condenatoria y que, en esta ocasión, disponer de una prueba de los acusados cometiendo un delito in fraganti es prácticamente imposible y que una de las pocas cosas que valdría sería tener la fotografía del entrenador pinchando a un remero. - Efe/K.T.