Las actividades de tiempo libre infantil o juvenil que se organicen este verano en Euskadi deberán realizarse en grupos estables de 10 personas con monitor y preferentemente se tienen que desarrollar en espacios al aire libre.

Así lo explica el Gobierno vasco en un documento elaborado para facilitar la comprensión e interpretación del contenido del decreto publicado este sábado con las nuevas medidas acordadas por el Consejo Asesor del Plan de Protección Civil de Euskadi (LABI), presidido por el lehendakari, en base a la actual situación epidemiológica.

El texto, que recoge una relación de respuestas a preguntas frecuentes, especifica las condiciones en las que deben desarrollarse las actividades de tiempo libre educativo infantil y juvenil.

En este sentido, afirma que la entidad organizadora deberá contar con un protocolo anticovid para asegurar el cumplimiento efectivo de todas las medidas preventivas, atendiendo a las directrices establecidas por la Dirección de Salud Pública y Adicciones.

Además, destaca que se tendrán que organizar en grupos estables de diez personas, además del monitor, y preferentemente en espacios al aire libre, con el uso obligatorio de mascarilla en todo momento.

En el caso de utilizar comedores, que deberán estar constantemente ventilados, se limitará su ocupación al 50% de su aforo y se mantendrán los mismos grupos de diez personas con distancia de dos metros entre grupos.

En concreto, las actividades deportivas o artísticas se realizarán sin contacto y sin público, y en el caso de que se pernocte, las habitaciones compartidas se ocuparán al 50% de su aforo máximo permitido, de forma que se garantice la distancia interpersonal y, en la medida de lo posible, se mantendrán los mismos grupos estables de diez personas, supervisados por su monitor o persona responsable adulta alternativa perteneciente a la organización.

TIENDAS DE CAMPAÑA

Cuando se utilicen tiendas de campaña de capacidad inferior a seis personas, podrá dormir una persona por tienda. Si las personas participantes son convivientes, pueden ocupar la misma tienda. En caso de que la tienda disponga de varias habitaciones físicamente aisladas, podrán ocuparse las distintas habitaciones, que serán recogidas, limpiadas y aireadas cada día.

Asimismo, se permite la pernocta en vivac manteniendo la distancia de seguridad e higiene de sacos. La utilización para pernocta de tiendas de campaña tipo pabellón, de capacidad igual o superior a seis personas y que cuenten con ventanas o aberturas que permitan la ventilación cruzada, podrá realizarse al 50% de su capacidad máxima, siempre que se mantenga la distancia de 1,5 metros entre los ocupantes y haya ventilación continua.