bruselas - La Comisión Europea concluyó que el régimen de ayudas públicas a la Televisión Digital Terrestre (TDT) en España para compensar la transmisión simultánea de señales análogas y digitales durante el periodo transitorio es “ilegal” pero “no exigirá su recuperación” tras constar que no se concedió ayuda alguna.

“Esta medida constituye una ventaja selectiva para los organismos de radiodifusión y los operadores de plataformas terrestres respecto a otras tecnologías disponibles. La ayuda va en contra del principio de neutralidad tecnológica y no es necesaria ni proporcionada”, esgrimió la comisaria de Competencia, Margrethe Vestager. Dado que “España ya ha finalizado el cambio a la frecuencia digital sin que se haya concedido ayuda estatal”, el Ejecutivo comunitario “no exigirá la recuperación”, constató la comisaria.

El Ejecutivo comunitario ha concluido, a raíz de una investigación en profundidad que abrió en abril de 2012 para determinar la legalidad de este régimen de ayudas para la transición de la televisión analógica a la digital, que solo se ofreció a las emisoras de TDT en detrimento de otras plataformas, como las de satélite, cable o televisión a través del Protocolo de Internet (IPTV) sin que España haya justificado “adecuadamente” por qué no respetó “el principio de neutralidad tecnológica”, por ejemplo, con un estudio independiente para demostrar la eficacia de la plataforma de TDT frente a otras alternativas. España tampoco demostró que fuera una ayuda pública “necesaria” a la reasignación de frecuencias para garantizar la correcta transición de la emisión analógica a la digital ni ninguna prueba para demostrar que la ayuda era proporcionada como un estudio independiente de costes y, por el contrario, el Ejecutivo comunitario constató que las empresas privadas de radiodifusión habrían garantizado la emisión simultánea en cualquier caso, incluso sin las ayudas, para no perder espectadores.

De hecho, España ha concluido ya el cambio de frecuencia y los organismos privados de radiodifusión han garantizado y financiado la emisión simultánea por su cuenta sin ayuda estatal. El Ejecutivo comunitario concluyó que este régimen de compensaciones públicas favorecía de manera selectiva a los organismos de radiodifusión y a los operadores de plataformas terrestres en detrimento de organismos de radiodifusión y operadores de plataformas alternativas, falseando así la competencia en el mercado único. - E.P.