- En Euskadi el contacto social en grupos de hasta diez personas en domicilios, en la calle, txokos, lonjas juveniles o al aire libre no está permitido y estas reuniones solo podrán realizarse en las terrazas de los establecimientos de hostelería y restauración, siempre con las medidas de distanciamiento.

Esta limitación de las reuniones está recogida en un documento de doce páginas elaborado por la Jefatura de la Ertzaintza y difundido ayer por el Departamento de Seguridad que detalla "la aplicación práctica del decreto" y "es la parte interpretativa para que la Ertzaintza y las policías locales sepan cómo actuar".

Ayer la consejera de Seguridad, Estefanía Beltrán de Heredia, hizo un llamamiento "a la responsabilidad individual y colectiva para minimizar el riesgo de expandir el virus" y advirtió de que aún se debe reducir la movilidad al máximo posible. Aclaró que "cabe el contacto social en grupos reducidos en domicilios" y se puede visitar a familiares dentro del municipio o pasar a otro si es para atender a personas mayores, dependientes o de riesgo, pero aún no se pueden celebrar fiestas en domicilios ni reuniones en txokos o sociedades. Tampoco están autorizadas reuniones en la calle de más de diez personas y los jóvenes "se pueden encontrar para hacer deporte, siempre y cuando mantengan distancias, pero no agruparse en una plaza o en un parque, ni en una lonja juvenil".

Según el documento, grupos de un máximo de diez personas podrán realizar "turismo activo y de naturaleza", siempre que las actividades estén organizadas por empresas, con desplazamientos "condicionados a la limitación de desplazamiento territorial". Se autoriza la apertura de hoteles, apartoteles, casas rurales, alojamientos turísticos y cámpines, pero no deberán utilizarse las zonas comunes.

En esta Fase 1, los ciudadanos podrán circular por las vías o espacios de uso público para ir a comprar a tiendas autorizadas, a la peluquería, a centros y servicios sanitarios, al lugar de trabajo o volver a la vivienda habitual o para acudir a entidades financieras, de seguros, notarías, abogacías, gestorías y oficinas de administración de fincas.

También se permiten las salidas para el cuidado y atención de familiares que sean mayores, dependientes y personas con discapacidad o en situación de necesidad.

También se autorizan los velatorios en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, con un límite máximo de quince personas en espacios al aire libre y diez personas en espacios cerrados. La participación en la comitiva para el enterramiento o la cremación del fallecido se restringe a un máximo de quince personas, además del ministro de culto o la persona que dirija el rito funerario.

Sin embargo, no está permitido ir a recoger a una persona de la familia al aeropuerto o a la estación de tren o autobús, salvo si se trata de acompañar a mayores, menores, dependientes, discapacitados o personas especialmente vulnerables.

Sí se podrá utilizar el vehículo para desplazarse a hacer deportes como el ciclismo o subir al monte, pero "dentro del propio municipio y colindante, de forma individual o con personas del ámbito de convivencia familiar". También se puede practicar senderismo al considerarse "una actividad deportiva no competitiva", pero no están permitidas ni la caza ni la pesca. Y también se puede circular con un vehículo cuya ITV esté caducada, porque siguen en suspenso los plazos para las revisiones.