Vitoria - Euskadi sigue siendo la comunidad mejor valorada en el desarrollo de su sistema público de servicios sociales no solo por el gasto por habitante (casi 612 euros frente a la media estatal de 339) sino porque ofrece cobertura a más del 77% de la población por debajo del umbral de pobreza frente al 8% en España. Cuando finalice este año habrá alrededor de 4.000 personas que ya no necesiten esas prestaciones.
Hace pocos días, antes de que fueran aprobados los Presupuestos vascos para 2018, el Gabinete de Iñigo Urkullu decidía adelantar la cuantía inicial (402 millones de euros para la RGI y otros 89 para la PCV) destinada a garantizar el cumplimiento de estas coberturas desde el minuto cero. La RGI es una prestación periódica de naturaleza económica que se dirige a las personas integradas en una unidad de convivencia que no disponga de ingresos suficientes para hacer frente a los gastos para cubrir sus necesidades básicas.
La RGI adopta dos modalidades diferenciadas en función de la existencia o no de ingresos en la unidad de convivencia y, en su caso, en función de la procedencia de dichos ingresos. Por una parte, se encuentra la renta básica para la inclusión y protección social, dirigida a las personas que no dispongan de ingresos procedentes de rentas de trabajo y cuyo nivel mensual de ingresos no alcance el importe de la renta básica para la inclusión y protección social.
También se incluye en esta prestación la renta complementaria de ingresos de trabajo, destinada a complementar el nivel e ingresos de las unidades de convivencia que, aun disponiendo de ingresos procedentes del trabajo, cuentan con un nivel mensual de ingresos que no alcanza el importe de la renta básica para la inclusión y protección social. La Prestación Complementaria de Vivienda también tiene naturaleza económica y se articula como un complemento de la RGI, en cualquiera de sus modalidades. Se dirige a cubrir las necesidades relacionadas con los gastos de alquiler de la vivienda o del alojamiento habitual de las personas titulares de dichas prestaciones. - J. Fernández