Madrid - El Tribunal Constitucional (TC) ha anulado la Ley Foral navarra que regula los clubes de consumidores de cannabis porque considera que se trata de una materia con incidencia en el ámbito penal, por tratarse de una droga ilegal, y por tanto es una materia reservada a la legislación del Estado. “La regulación de un instrumento (los clubes de cannabis) a través del cual se facilita el abastecimiento, dispensación y consumo de cannabis” tiene incidencia “innegable sobre la delimitación del tipo penal correspondiente” y por tanto entra en un ámbito competencial del Estado y fuera del correspondiente a las comunidades autónomas, ha sentenciado el TC. Así, el alto tribunal declara la citada norma inconstitucional porque invade las competencias del Estado, tal y como solicitó en su recurso el Gobierno Rajoy.
En febrero el Constitucional suspendió cautelarmente el artículo 83 la ley vasca de Atención Integral a las Adicciones y Drogodependencias, que regula los clubes de consumidores de cannabis en Euskadi.
Esta misma semana el TC amparó a cinco miembros de una asociación de cannabis de Bilbao y anuló su condena por el Supremo, aunque no adelantó su doctrina al respecto, ya que su fallo se centró más en la falta de garantías procesales que sufrieron los procesados.
El alto tribunal eludió por tanto pronunciarse sobre estos clubes, a la espera de resolver los recursos contra varias leyes autonómicas que los regulaban. Ayer sentenció que las comunidades autónomas no tienen competencia en este tema, por ser una materia reservada al Estado, aunque actualmente no existe una ley estatal que regulan el funcionamiento de estos clubes, pese a que haya más de 800 en todo el Estado. A las normas autonómicas sobre este tema se les aplicará por tanto la doctrina ahora establecida por el alto tribunal, según la cual “aunque estemos ante una normativa autorizadora o habilitante (no represiva, ni punitiva, ni restrictiva de bienes jurídicos en el sentido que es propio de las normas penales y administrativas sancionadoras), se trata de una regulación con incidencia innegable sobre la delimitación del tipo penal correspondiente”.
El cannabis es ilegal, según el TC Es decir, el cannabis, incluido en la Convención única de Naciones Unidas sobre estupefacientes de 1961; en la decisión marco sobre el tema de la Unión Europea; y prohibido por la legislación española, incluida la penal, es en principio ilegal, establece el TC. Y, por tanto, está afectado por el Código Penal y otras leyes que afectan a la seguridad ciudadana, una materia ajena al ámbito competencial de las comunidades autónomas. Así el TC no acepta la pretensión de la ley navarra de “establecer una cobertura legal para las actividades de consumo de cannabis invocando el ejercicio legítimo de un derecho fundamental, el de asociación, para así evitar cualquier consecuencia incriminatoria, ya lo sea en vía penal o en la vía administrativa sancionadora”. Además, aunque “la resolución del presente litigio (...) se plantea exclusivamente un debate de naturaleza competencial”, añade el Tribunal Constitucional, “no cabe tampoco desconocer que la Sala Segunda del Tribunal Supremo, órgano jurisdiccional superior en el orden penal, se pronunció sobre los clubes de cannabis” en septiembre de 2015 y en otras sentencias posteriores, condenando a personas implicadas.
El TC ha amparado a varias personas afectadas por una de estas condenas del Supremo esta misma semana, pero por razones formales. - DNA