CEUTA. Dos son los acusados por la comisión de presuntos delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros. El padre del pequeño, A.O., se enfrenta a una petición de la Fiscalía de tres años de cárcel. Para la mujer que transportaba la maleta, F.E.-Y., que ahora tiene 22 años y que se encuentra ilocalizable tras ser liberada después de pasar doce meses en prisión provisional, solicita seis años entre rejas. Al superar el límite de dos no podrá ser juzgada en rebeldía, según han indicado fuentes judiciales.

Según el relato fáctico de la calificación del Ministerio Público, a cuyo contenido ha tenido acceso Europa Press, el padre del niño concibió en 2014 la idea de obtener de las autoridades españoles la autorización de residencia por reagrupación familiar de su hijo e inició los correspondientes trámites administrativos pero su solicitud fue rechazada por resolución del subdelegado del Gobierno en Las Palmas

Entonces decidió introducir "ilegalmente" en España a su vástago, que entonces tenía siete años, para lo que se puso en contacto con un grupo de personas desconocidas que accedieron a realizar el pase ilegal del menor a cambio de 5.000 euros. Para "garantizar el éxito de la operación" se dirigió hasta Casablanca, donde recogió al niño, y se desplazaron hasta Castillejos, al otro lado de la frontera de Ceuta, el 7 de mayo de 2015. Allí se encontró con las personas que iban a realizar materialmente el pase, que le informaron de las condiciones "y las aceptó".

Sobre las 11,55 horas de ese mismo día, la joven marroquí desaparecida fue sorprendida por funcionarios de la Guardia Civil cuando pretendía acceder a territorio nacional llevando oculto en el interior de una maleta "de reducidas dimensiones" al menor, al que pretendía introducir ilegalmente en la Península "cobrando parte de la cantidad inicialmente abonada".

A juicio de la Fiscalía, que aplica al padre una atenuante mixta muy cualificada de parentesco, "como consecuencia de la forma de ocultación (en una maleta muy pequeña, sin ventilación, con riesgo evidente de asfixia y estando el menor aglutinado de forma inhumana) se puso en serio peligro la vida del inmigrante".

La aplicación de la nueva redacción del Código Penal que entró en vigor dos meses después de los hechos "restringe" la posibilidad de agravar las penas solicitadas a entre cuatro y ocho años de prisión por poner "en peligro" la vida de las personas objeto de la infracción o generar riesgo concreto "de causación de lesiones graves", con lo que la condena podría quedar en un año de multa o prisión.