DONOSTIA. Facua ha informado de estas prácticas, que considera "abusivas", al Servicio Vasco de Vivienda, ya que entiende que exigir el pago de 3 meses como fianza "podría vulnerar la ley", ha explicado esta organización en un comunicado.
La Ley 29/1994 de arrendamientos urbanos establece que al firmarse un contrato de alquiler es obligatoria la prestación de una fianza en metálico "en cantidad equivalente a una mensualidad de renta en el arrendamiento de viviendas y de dos en el arrendamiento para uso distinto al de vivienda".
La "única finalidad" de esta fianza es, según Facua, que el arrendador "se reserve una cobertura económica de cara a posibles desperfectos del inmueble tras la resolución del contrato de arrendamiento".
A su juicio, la exigencia de estas dos inmobiliarias "puede suponer una práctica abusiva", en virtud de lo establecido en la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, que estipula que serán "cláusulas abusivas" las que "impongan garantías desproporcionadas".