Madrid - El Gobierno español ha aprobado la reforma procesal que limitará la instrucción judicial a un plazo de seis meses para las causas ordinarias y de 18 para los sumarios más complejos, que podrán ser ampliables hasta alcanzar los 36 meses, cuando lo considere oportuno el juez instructor y lo apoye el fiscal. Esta es la principal novedad que recoge el anteproyecto de reforma de Ley de Enjuiciamiento Criminal.

“Lo que se busca es una agilización de nuestra justicia penal para que no haya ninguna sensación de impunidad ni tampoco sospechas prolongadas e indefinidas en el tiempo, sino que en unos tiempos de tramitación razonables y suficientes para una investigación profunda se pueda llegar a una sentencia”, explicó.

El ministro de Justicia, Rafael Catalá, defendió la introducción de plazos máximos en la instrucción, que serán de seis meses para las causas más sencillas y de 18 meses para los casos más complejos, como los relativos a terrorismo, grupos criminales y corrupción. “Me parece que es razonable y proporcionado fijar un plazo”, ha señalado Catalá, que ha precisado que serán prorrogables por un tiempo máximo similar e incluso mayor cuando lo considere oportuno el juez instructor y lo apoye la Fiscalía, “por causas justificadas”.

Ante la imposibilidad de cumplir con esos tiempos por falta de medios, el ministro recordó las 282 plazas de jueces creadas recientemente por el Ejecutivo, así como las 100 entre jueces y fiscales para el próximo año. La reforma afectará además a la separación de las piezas en los llamados macroprocesos, de manera que se instruirá una causa por cada delito por lo que, según Catalá, “habrá un acortamiento de los plazos y sentencias en plazos mucho más cortos”.

El anteproyecto amplía también el registro y la intervención de las comunicaciones telefónicas y telemáticas como los SMS y el correo electrónico, dado que las nuevas tecnologías “no están contempladas” en la ley, afirmó Catalá. Estas medidas, que requerirán de autorización judicial, se aplicarán para los delitos de organización criminal, terrorismo, informáticos y aquellos castigados con pena de al menos tres años de prisión, aunque quedan fuera las conversaciones privadas e imágenes que el acusado mantenga con sus abogados. Los atestados policiales sin autor conocido no supondrán la apertura de diligencias en los Juzgados sino que tendrán un carácter administrativo para así “dejar de quitar tiempo a los jueces y a los fiscales con pocos resultados”, ha explicado. Asimismo, habrá un nuevo procedimiento para una serie de asuntos de tramitación simplificada como los delitos de conducción en estado de embriaguez y pequeños hurtos.

El texto fija que los Tribunales Superiores de Justicia revisen en apelación las sentencias dictadas por las Audiencias Provinciales y que sea la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional la que se ocupe de las dictadas por este tribunal, en lugar de hacerlo el Tribunal Supremo.