VALENCIA. Ricart, conocido como 'El Rubio', pudo salir de la cárcel en noviembre del pasado año tras tumbarse la 'doctrina Parot'. Inicialmente se preveía la salida en 2011, pero un año antes se le decidió aplicar esta doctrina, con la que se le alargó su permanencia entre rejas hasta 2023, es decir, cuando hubiera cumplido la máxima pena que contemplaba la ley, de 30 años.
Sin embargo, con la desactivación de esta doctrina por parte del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), la Audiencia de Valencia acordó la inmediata libertad del condenado al estimar que se habían cumplido las penas impuestas.
Contra esta decisión de libertad, las acusaciones particulares, la popular y el abogado del Estado presentaron recursos de casación ante el TS, que ahora han sido desestimados al considerar que en este caso, el ministerio fiscal, "único legalmente facultado", no recurrió la resolución valenciana.
Al respecto, la Sala recuerda que la Ley Orgánica del Poder Judicial excluye expresamente la posibilidad de que quien no sea el ministerio fiscal se encuentre habilitado para recurrir en casación las decisiones adoptadas en esta fase de ejecución de sentencia condenatoria.