GRANADA. "Voy a seguir adelante, voy a luchar por lo que creo que me corresponde", ha señalado hoy a Efe esta mujer que convivió desde los 15 años con Alejandro Heredia, fallecido en 2011, y con el que tuvo cuatro hijos.
Fernández, que ha ofrecido este mediodía una rueda de prensa en el Centro Sociocultural Gitano Andaluz junto a representantes de la la Fundación Unión Romaní que apoyan su demanda, confía en que con el recurso que ha presentado contra la sentencia desestimatoria del Juzgado de lo Social 5 de Granada finamente pueda hacerse justicia.
"Ha estado 27 años conmigo, es algo que me pertenece, desde que me fui con él he sido su mujer y siempre ha sido mi marido", ha declarado la viuda, que ha añadido que la pensión que reclama podría contribuir a solucionar su mala situación económica.
Fernández ha explicado que tan solo cobra unos 220 euros de la orfandad de un hijo y que está enferma de esclerosis y en tratamiento por salud mental, lo que le impide trabajar y tener unos ingresos suficientes.
La mujer ha agradecido asimismo el respaldo que ha tenido en los últimos meses desde diferentes organismos y especialmente el que le han brindado los vecinos de Láchar.
El Juzgado de lo Social 5 de Granada desestimó su demanda al tener en cuenta la excepción de "cosa juzgada" para emitir su fallo.
Aunque la resolución no entraba en el fondo del asunto y absolvía de la demanda al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), sí recogía que María Ángeles Fernández convivió con Alejandro Heredia desde 1983 hasta la fecha de su fallecimiento en mayo de 2011.
Pese a indicar que no habían contraído matrimonio civil ni religioso ni se habían inscrito como pareja de hecho en ninguno de los registros específicos o mediante documento público, reconocía que habían "figurado como matrimonio" para todos los vecinos y allegados que los consideraban unidos por el rito gitano.
La sentencia explicaba además que la mujer fue víctima de maltrato durante los años de convivencia y que su compañero estuvo ingresado en diferentes períodos en prisión, donde falleció y en la que mantuvo relaciones íntimas autorizadas con su mujer.
El Juzgado de lo Social 5 ha estimado lo planteado por el INSS, que durante el juicio se opuso a las pretensiones de la mujer al considerar que se trataba de un asunto ya juzgado, ya que en su día el Juzgado de lo Social 3 le denegó la pensión, teniendo en cuenta que la pareja no estaba inscrita como tal en un registro oficial.