SAN SEBASTIÁN. Se da la circunstancia que, después de dos años de convivencia en la misma planta del inmueble con esta persona, una de las vecinas perjudicadas desarrolló "un trastorno adaptativo con ansiedad" que requirió tratamiento médico.

Según el escrito de acusación del Ministerio Público, al que hoy ha tenido acceso EFE, los hechos se remontan al año 2009, cuando el procesado se mudó a vivir al citado bloque de viviendas de la localidad fronteriza.

El documento de la Fiscalía explica que presuntamente desde ese primer momento el hombre comenzó a "realizar actividades notoriamente molestas" para el resto de habitantes del bloque, quienes tuvieron que soportar durante este tiempo "los constantes portazos y golpes que el inculpado daba en el mobiliario de su casa a cualquier hora del día y de la noche".

El procesado ponía además la música a un "elevado volumen" a cualquier momento y en varias oportunidades lo hizo sobre las 4.30 horas "con la evidente intención de perturbar la paz de sus vecinos", tras lo que "abandonaba su domicilio dejando la música puesta a todo volumen" para impedir el "disfrute del propio domicilio" de sus vecinos y contrariar el "respeto a su vida privada y familiar".

El hombre fue sancionado en "numerosas oportunidades" por los agentes de la Policía Local de Irun que acudieron al lugar alertados por los vecinos y practicaron varias mediciones en las que constataron que el ruido procedente del domicilio del acusados superaba lo establecido en la ordenanza municipal.

En una de estas ocasiones, el acusado reaccionó insultando a sus vecinos a los que recriminó la presencia policial en su domicilio, al tiempo que inquiría a los agentes con frases como: "A que ha llamado esa puta o el cabrón de su marido".

La Fiscalía considera ahora que estos hechos son constitutivos de un delito contra el medio ambiente por causar grave daño a la salud de las personas, un delito de injurias y una falta de injurias por los que reclama penas que suman seis años y medio de prisión y una multa de 150 euros.

Asimismo, demanda que el procesado indemnice a la vecina que precisó asistencia médica con 5.000 euros y a otro de los habitantes de su vivienda con 3.000 euros por los daños morales causados.