ALMERIA. Según indica la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, los hechos tuvieron lugar el 17 de mayo del pasado año cuando, sobre las 22,20 horas, una patrullera del servicio de Salvamento Marítimo localizó en aguas próximas al cabo de Punta Entinas de El Ejido (Almería) una embarcación neumática con cerca de una treintena de personas.
La embarcación, que carecía de cualquier medida de seguridad, iba patroneada según los testigos por los acusados, quienes se turnaban en el manejo y control de la nave y la brújula, y daban órdenes a los ocupantes de la embarcación sobre lo que tenían que hacer.
Según los hecho probados en sala, los condenados actuaban en connivencia con personas no identificadas que eran los encargados de organizar el viaje desde Argelia y que cobraron a los ocupantes de la patera alrededor de 600 euros por ser trasladados ilegalmente hasta la península ibérica.
El Alto Tribunal rechaza el recurso de casación presentado por la defensa de los acusados en el que se alegó la vulneración del derecho a la presunción de inocencia y del principio 'in dubio pro reo', aduciendo que no se había practicado la prueba suficiente para acreditar que los recurrentes patroneasen la embarcación, si bien la declaración con "claridad y convención" de los testigos fue apoyada también por la de los efectivos policiales.