Madrid. El pleno del Tribunal Constitucional (TC) acordó ayer declarar la "desaparición sobrevenida de objeto del incidente sobre el mantenimiento o levantamiento de la suspensión" que acordó el pasado mes de julio en relación contra el decreto andaluz sobre desahucios, que fue recientemente derogado tras la aprobación por la Junta de Andalucía de la Ley 4/3013 de 1 de octubre de medidas para asegurar el cumplimiento de la función social de la vivienda.
Dejar ahora sin efecto la suspensión, lo que venía obligado tras derogarse la norma recurrida por el Gobierno, no supone según el Constitucional "pronunciamiento alguno sobre el fondo del asunto planteado en el presente proceso constitucional". Es decir, el tribunal de garantías aún debe resolver el recurso de constitucionalidad que fue presentado por el Gobierno contra el decreto de Andalucía, y sólo entonces podrá determinar si ha decaído o no el objeto del mismo. El Gobierno no ha recurrido la Ley ante el Constitucional, cuyo contenido es muy parecido al del decreto, al preveer igualmente expropiaciones de viviendas. Por otra parte, De Guindos apuntó el mes pasado que estaban estudiando si las modificaciones merecían un nuevo recurso.