Puede que el Tribunal Supremo haya obligado a los bancos a eliminar las cláusulas suelo de las hipotecas pero la realidad demuestra que siguen existiendo multitud de obstáculos que impiden a muchas familias hacer frente a sus deudas sin temor a quedar en la calle o que hacen muy difícil a un cliente saber lo que está contratando cuando suscribe un crédito para una vivienda. Muchos de estos problemas se abordan y solucionan ya en la primera directiva europea destinada a regular los préstamos hipotecarios. El pleno del Parlamento Europeo dio ayer su aval a un texto que permitirá a consumidores y compradores estar mejor informados y, sobre todo, más protegidos en caso de impago.

Este nuevo mínimo común europeo no estará en marcha previsiblemente antes de finales de 2015 -hay dos años para trasponer la norma- y su aprobación final está pendiente de que Consejo y Parlamento solventen el único punto en discordia: la obligación de los gobiernos de informar a la Autoridad Bancaria Europea sobre la trasposición. En todo caso, los principales grupos de la cámara valoraron ayer positivamente lo que consideran un avance. "Por primera vez y con carácter obligatorio los consumidores contarán con un período de reflexión de siete días sobre la oferta o de retractación tras la firma del contrato", explicó el socialista y ponente del informe, Antolín Sánchez Presedo.

información clara Por eso, antes de firmar cualquier contrato el banco tendrá la obligación de entregar al cliente, en papel o en formato electrónico, información general, clara y comprensible sobre los contratos de crédito para conocer el coste total y las consecuencias financieras del crédito a largo plazo. También tendrán que ofrecer información personalizada para comparar los créditos disponibles en el mercado y evaluar la capacidad del cliente de reembolsar el crédito con vistas a evitar la concesión de présamos a usuarios que no son suficientemente solventes. La nueva ley exigirá además una "tolerancia razonable" antes de proceder a una ejecución y limitará los cargos por impago de forma que estos recargos solo sirvan para compensar los costes causados y siempre que se fije un techo. Además, en los casos en los que la deuda no quede saldada al final del proceso, los gobiernos tendrán que garantizar la protección de las condiciones mínimas de subsistencia y establecer medidas para facilitar el reembolso así como cantidades mínimas que no puedan ser embargadas.