MADRID. "Su huella de oreja u otograma será determinante en el informe policial referente a la escena del crimen", explica el policía nacional y doctor en derecho, Carlos Gobernado, en alusión a una técnica que tiene su origen en el siglo XIX, y que la Policía Nacional ha mejorado al establecer el primer método de clasificación científica en el mundo en este ámbito.
Hasta el momento, los tribunales españoles han dictado más de diez sentencias condenatorias a partir de la identificación de un delincuente por la huella de oreja, entre ellos el Tribunal Constitucional, que dio su visto bueno a esta prueba en un auto de 2004 al considerar la fiabilidad "rayana en la certeza".
"Esta prueba siempre que ha sido presentada ha sido admitida como parte del proceso penal", afirma Gobernado, miembro también de la Sociedad Española de Criminología y Ciencias Forenses (SECCIF), que justifica la prueba al asegurar que "todavía no se ha demostrado que haya dos orejas iguales", de ahí su fiabilidad y su progresiva inmersión en los procesos judiciales.
Un teléfono móvil que el delincuente olvidó, una ventana de cristal sobre la que apoyó la cabeza al esconderse o una puerta en la que colocó la oreja para averiguar si había alguien en el lugar son las circunstancias más habituales para coger una huella de oreja, afirma Francisco Pérez Abellán, director de Criminología en la Universidad Camilo José Cela (UCJC).
Pese a que en España la primera sentencia condenatoria a partir de esta prueba se produjo en 2001, su desconocimiento supone, en ocasiones, el único punto en común entre delincuentes y juristas, como sucede con el fiscal superior de Madrid, Manuel Moix, y la presidenta de la Audiencia Provincial de Madrid, Ana María Ferrer, sorprendidos ante la existencia del otograma.
Y quienes sí conocen la prueba no coinciden ni en sus opiniones sobre el uso de la huella de oreja ni en el futuro de la misma.
"Podría ser una prueba para inculpar a una persona, pero no para condenar exclusivamente basándose en la identificación de la huella de oreja", afirma el presidente de la Asociación Profesional de la Magistratura (APM), Pablo Llanera, que la tomaría en cuenta en una investigación en función de su grado de fiabilidad.
Lo mismo que sucedió con el ADN, el iris o las huellas dactilares puede ocurrir con los otogramas, señala el presidente de la Asociación de Fiscales (AF), Antonio Roma, quien, no obstante, se inclina más por las huellas dactilares sin descartar el uso del otograma: "no tendría problema alguno en utilizarlo".
"Todos los que han sido condenados por esto no salen de su sorpresa", apunta Pérez Abellán, cuyo departamento en la UCJC ofrece una huella de oreja gratuita a los alumnos que se inclinen por estudiar criminología. "Negar esta prueba es síntoma de ignorancia porque es tan segura y fiable como la huella dactilar", agrega.
Con todo, hay que recordar que los órganos jurisdiccionales españoles que han recogido otogramas en sus sentencias los han incluido como pruebas circunstanciales y no directas, es decir, que no son constitutivas de delito pero pueden aportar indicios del mismo.
Si bien la validez jurídica de esta prueba en España se entiende a partir del artículo 24.2 de la Constitución y de los artículos 282 y 292 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), la aceptación del otograma como prueba dependerá de la libre valoración del juez.
En la actualidad, existen bases de datos de huellas de oreja en Palencia, Valladolid, Santander, Lleida y en la Comisaría General de Policía Científica, aunque su número, según fuentes policiales, apenas sobrepasa los mil ejemplares.
No obstante Gobernado traza un panorama paralelo para juristas y delincuentes en relación con el futuro de esta prueba.
"Los jueces y fiscales irán conociendo estas pruebas de la misma manera que los criminales también aprenderán estas técnicas", concluye Gobernado, que otorga una ligera ventaja a los primeros al argumentar que "no todos los delincuentes son igual de listos cuando comenten un delito".