Según ha indicado la central sindical en un comunicado, el fallo, dictado con fecha 4 de septiembre, es la primera sentencia en un procedimiento de despido Colectivo por causas económicas tras la reforma laboral.

La empresa Koyo inició con fecha 27 de febrero del presente año periodo de consultas para extinguir 16 contratos de trabajo alegando causas económicas y productivas. El proceso culminó con un acuerdo suscrito por la mayoría del Comité de empresa, perteneciente al sindicato UGT, por el que se acordó extinguir el contrato a 13 trabajadores y suspender de empleo a otros 14.

El sindicato ELA recurrió dicha decisión y la sentencia ahora dictada declara la nulidad de tales despidos por entender que se ha producido una "vulneración de la libertad sindical de ELA", a la vez que destaca entre otros elementos que "todos los despedidos están afiliados al sindicato ELA", "que todos los despedidos se presentaron como elegibles en la candidatura del sindicato" y que "el que es sindicato mayoritario en el Comité de empresa, recordamos UGT, no se ha visto afectado en afiliado alguno".

"UN CAPITULO MAS"

Según ha afirmado la central sindical "éste es un capítulo más" del conflicto laboral que se vive en esta empresa, antigua Timken, que se inició en el año 2009 y que derivó en una huelga que duró un año y ocho meses.

ELA ha afirmado en este sentido que son "muchos meses de huelga en los que la empresa demostró su prepotencia y su forma de actuar con aquellos que no admiten sus imposiciones, son activos en la huelga, se niegan a firmar EREs y reivindican sus derechos".

Han dicho, además, que coincidiendo con su reincorporación al trabajo tras la huelga, la empresa despidió a nueve trabajadores, también mayoritariamente afiliados a ELA, y "también esta vez fue condenada a readmitir a los despedidos".

"SINTONIA" CON UGT

ELA ha aludido también a la "sintonía" mostrada "en todo momento entre la multinacional y los miembros de UGT", central sindical mayoritaria tras las elecciones celebradas una vez finalizada la huelga, con respecto a todas las medidas planteadas por la compañía.

Para la central sindical nacionalista, la sentencia dictada por el Alto Tribunal demuestra que, a pesar de la flexibilidad introducida por la última reforma laboral en la normativa sobre despidos colectivos, "las empresas no pueden hacer todo lo que quisieran" y que la confrontación para la defensa de derechos "da resultado".

En ese sentido, ELA ha calificado de "positiva" la sentencia del TSJPV, que, según han dicho, viene a garantizar un derecho fundamental como es el de la libertad sindical y constituye un antecedente para evitar que las empresas puedan utilizar los EREs para despedir a los trabajadores en función de su afiliación, actividad u opinión sindical, como es el caso.