Madrid. El Tribunal Supremo (TS) ha rebajado de nueve a cinco meses la sanción disciplinaria impuesta a un militar condenado en 2008 como autor de lesiones a su esposa tras valorar positivamente sus condecoraciones y su participación en Afganistán, donde hay "necesidad de acudir al empleo de la fuerza armada".
Así lo ha acordado la Sala Quinta de lo Militar del alto tribunal en una sentencia en la que rebaja a cinco meses la sanción de suspensión de empleo impuesta a un sargento del Ejército del Aire condenado por un Juzgado Penal de Madrid por agarrar de los brazos y empujar a su mujer.
El Supremo considera "absolutamente desproporcionada" la sanción de nueve meses y un día y sostiene en la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Fernando Pignatelli, que no se ha tenido en cuenta "la infrecuente circunstancia" de que el militar posea varias condecoraciones, distintivos y menciones honoríficas. La resolución de la autoridad sancionadora, en este caso el Ministerio de Defensa, "aunque hace mención de los criterios de individualización, no hace mención de algunos de ellos a pesar de su transcendencia", según el Supremo. Se refiere así a los méritos con los que cuenta el militar, como son tres menciones honoríficas, una cruz del mérito aeronáutico con distintivo blanco y una medalla de la OTAN.
dificultad También el alto tribunal destaca que no es posible obviar en el caso de esta persona "su acostumbrada o asidua participación en operaciones de mantenimiento de la paz en un escenario de la dificultad y peligrosidad de Afganistán, en el que resulta frecuente que los participantes en tales operaciones tengan necesidad de acudir al empleo de la fuerza armada".
El TS sostiene que la sentencia que condenó al militar a la pena de nueve meses y un día de prisión (sustituida por trabajos en beneficio de la comunidad) "es suficiente para contradecir las exigencias de moralidad que se le imponen a todo militar", en virtud del Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas. Sin embargo, y aunque reconoce "la gravedad" de los hechos, no comparte "la adecuación de la duración" de la sanción y acuerda rebajarla a cinco meses.