VALENCIA. Según la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 22 de Valencia, facilitada hoy por el Defensor del Paciente -cuyos servicios jurídicos han llevado el caso-, la niña tiene ahora 8 años y "sin duda, precisa la asistencia permanente de otra persona" debido a su invalidez.
Los hechos se produjeron el 8 de noviembre de 2004 cuando durante el parto y, como "consecuencia de una mala práxis médica" en él, la niña sufrió "lesiones irreversibles y permanentes por afectación medular".
Según fuentes del Defensor del Paciente, el parto se produjo tras la rotura espontánea de la bolsa amniótica a la semana 36 de gestación en el Hospital Casa de la Salud de Valencia y con cargo al seguro privado ASISA.
Tras el alumbramiento, la madre de la niña sufrió una importante hemorragia que le produjo un shock hipovolémico debido a los desgarros vaginales que había producido el fórceps, precisó una transfusión y estuvo ingresada durante 24 horas en la Unidad de Cuidados Intensivos.
La neonata, que nació con 2.560 gramos de peso, precisó reanimación con oxígeno y requirió intubación, sufrió lesión medular, espasticidad en miembros superiores, hipotonía en miembros inferiores y parálisis Frénica Bilateral con insuficiencia respiratoria.
Las lesiones sufridas por la niña, según la sentencia, motivan que "en alguna medida tenga que utilizar respiración asistida y se propicien algunas infecciones en el sistema respiratorio".
Según el fallo, la pequeña tuvo que estar hospitalizada 564 días, se le tuvo que practicar una traqueotomía y ha quedado inútil total de las extremidades inferiores, siendo la actuación con las superiores muy limitada.
Aunque ocho años después va mejorando a base de sesiones de fisioterapia y rehabilitación, está escolarizada y su nivel cognoscitivo es inferior a lo normal.
"Sin duda, precisa la asistencia permanente de otra persona, y será necesario realizar algunos gastos de adaptación de elementos a esta situación", añade el fallo.