Vitoria, 27 oct (EFE).- El Ararteko ha pedido a los ayuntamientos que cumplan con su obligación de inscribir en el padrón municipal a las personas sin hogar y a los menores tutelados que viven en centros residencales.
El Ararteko ha hecho esta recomendación a los consistorios vascos para que ofrezcan a las personas sin hogar y a los menores tutelados información "por escrito" sobre los requisitos y la tramitación del procedimiento para inscribirse en el padrón municipal, según ha informado hoy un comunicado el Defensor del Pueblo vasco.
La institución recuerda en su recomendación que la inscripción en el padrón es una condición imprescindible para acceder a derechos sociales como la tarjeta sanitaria, las ayudas sociales o de vivienda.
También afirma que los ayuntamientos deben inscribir en el padrón a las personas que tienen la residencia efectiva el municipio, con independencia de la existencia o no de título legal de ocupación de la vivienda en que residen o de las condiciones de habitabilidad de la misma.
El Ararteko señala que los ayuntamientos deben facilitar un escrito a las personas en esta situación en el que debe constar en el plazo de tramitación y en el caso de personas extranjeras que no tienen permiso de residencia permanente, debe detallar que "es obligatorio renovar la inscripción en el padrón y los efectos que implica el no hacerlo".
Además, los servicios municipales deben elaborar un informe para acreditar la residencia efectiva de las personas sin hogar a fin de que éstas soliciten la inscripción y puedan empadronarse en la fecha en la que presentaron la petición.
El Ararteko pide también crear un protocolo de actuación para los casos de personas sin hogar en el que se establezca la intervención de los servicios sociales.
En este protocolo debe constar el derecho a la inscripción en el padrón municipal de las personas que residen efectivamente en el municipio, incluidas las que vivan en un centro residencial.
En el caso de los menores tutelados, el Ararteko recuerda a los ayuntamientos que deben "atender al interés superior del menor" y llevar a acabo la inscripción en el padrón con los datos que disponga la diputación foral que le tutela. EFE