Vitoria. Se intuía. Ahora se sabe con certeza. El Ararteko ha sido concluyente con los detractores de la mezquita de Zaramaga. Es más. El Defensor del Pueblo vasco muestra sus razones con contundencia en el veredicto del informe sobre el particular, texto al que ha tenido acceso DIARIO DE NOTICIAS DE ÁLAVA. El documento concluye que toda intervención municipal respecto a la voluntad de las comunidades religiosas para abrir nuevos centros religiosos "es una potestad reglada que debe aplicarse de manera objetiva conforme al ordenamiento jurídico" vigente. Y, la comunidad pakistaní tenía todos los papeles en regla, pese a que la polémica ha obligado a los promotores del templo a tomarse un año para decidir si siguen con su proyecto o se trasladan a otro lugar.
En cualquier caso, lo que se desprende del análisis del Ararteko es que en la práctica el Ayuntamiento debería limitarse al control del templo previsto en la legislación urbanística y medioambiental que regula la adecuación del proyecto a las normas urbanísticas para garantizar un adecuado control de la seguridad de sus usuarios y evitar las molestias que puedan ocasionar a terceros. Por ello, se antoja discutible la versión municipal sobre que el aforo de la lonja de la calle Martín Olave podría ser insuficiente cuando la comunidad pakistaní que quiere rezar en ella ya dispone de la correspondiente licencia municipal.
Además, el Ararteko no tiene dudas a la hora de afirmar que dar el visto bueno a nuevos centros de oración no está sujeto a más restricciones que las previstas en la Ley Orgánica 7/1980 de Libertad Religiosa. "Los poderes públicos deben garantizar la iniciativa de las comunidades religiosas para su apertura en los términos que establece la legislación vigente", indica.
La consecuencia de ello es que al grupo promotor de la mezquita de la calle Martín Olave, en el barrio de Zaramaga, "le ampara plenamente la ley para que pueda acometer las obras y abrir dicho centro en los términos establecidos en la licencia municipal. El Ayuntamiento debe velar por el cumplimiento de la legalidad vigente", insiste el documento de la Defensoría del Pueblo vasco, quien también reconoce los derechos que tienen los vecinos de la zona. Uno de ellos, es el de obtener la información suficiente sobre los trámites administrativos, a participar en el procedimiento de identificación de las posibles molestias y de imposición de medidas correctoras. Y en caso de que una vez iniciada la actividad de la mezquita, ésta haga peligrar el derecho al descanso, por ejemplo, se puede exigir el cumplimiento de las medidas correctoras impuestas para paliar o remediar las posibles afecciones.
El Ararteko también señala respecto a la mediación del Consistorio entre los promotores de la actividad y los vecinos del barrio que ésta debería permitir el legítimo desarrollo de la actividad sin afectar o molestar a terceras personas. "En ningún caso la mediación debe cuestionar el libre ejercicio de los derechos de los promotores de la actividad a la apertura de nuevos centros de culto".