Vitoria. Una estimación aproximada insinúa el cobro por parte de los notarios y registradores de la propiedad españoles de hasta 93 millones de euros de forma irregular en concepto de cancelaciones de hipotecas. Esa es la denuncia que la Fiscalía General del Estado investigará después de que la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) recibiera numerosas quejas ciudadanas vinculadas a este trámite, regulado desde 2007, y que fija en poco más de 30 euros la cuantía fija que el cliente debe abonar sea cual sea el importe de la deuda a saldar.
Así las cosas, el fiscal responsable de analizar y dirimir sobre la defensa de los intereses de los consumidores y usuarios, José María Paz Rubio, ha abierto ya las diligencias informativas pertinentes con el fin de poder esclarecer los hechos. La OCU pide a la Fiscalía "que revise de oficio todas las facturas relacionadas con cancelaciones hipotecarias emitidas desde diciembre de 2007 y obligue a devolver a las personas afectadas las cantidades indebidamente cobradas".
El presidente del Consejo General del Notariado, el bilbaino nacido en Ribadavia (Galicia), Manuel López Pardiñas, rechazaba que esta situación sea generalizada y manifestaba que aunque la competencia para determinar las minutas corresponde a los Colegios notariales territoriales, el órgano rector que capitanea recomienda cumplir los criterios dictados por la Dirección General de los Registros y el Notariado y calificar este tipo de trámites como escritos a los únicamente se deben aplicar las minutas acordadas.
Esto significa que el notario ha de cobrar una cuantía fija de 30,05 euros, sea cual sea el importe de la hipoteca cancelada, a la que sí pueden sumar los demás conceptos estipulados. Es decir, que una escritura de diez páginas no debería costar más de 70 euros. Sin embargo, tal y como denunciaba la OCU, el importe medio de las facturas incorrectas analizadas es de 260 euros. "En cuanto al registrador, este debe aplicar el arancel al capital pendiente de devolver (que es igual a "cero" cuando se trata de cancelar una hipoteca ya pagada) y reducir el resultado en un 90%. El resultado son 2,40 euros que, añadidos a los restantes conceptos minutables, da una cifra a lo sumo de 24 euros, no de 144 euros", como ha comprobado la OCU.
"El Colegio Notarial del País Vasco -presidido también por López Pardiñas- tiene dada la indicación de que las cancelaciones de hipotecas son documentos sin cuantía como bien determinó la Dirección General de los Registros y el Notariado" indicaba, al tiempo que especificaba que se han recibido "muy poquitas" reclamaciones particulares sobre este asunto. "Y se han resuelto todas, salvo la primera porque todavía no se había pronunciado la Dirección y se consideró que era un documento de cuantía; pero a partir de ahí, en el resto hemos considerado que eran sin cuantía y hemos comunicado a los notarios que ajusten sus minutas a lo dicho por la Dirección", concluía.
Recurso de los notarios Así las cosas, y mientras la asociación de consumidores denuncia que tanto notarios como registradores están incumpliendo la normativa aprobada en 2007 que suponía un abaratamiento de los trámites de cancelación de una hipoteca, algunos profesionales han decidido recurrir esa normativa y hasta que haya un pronunciamiento definitivo de la Justicia siguen con su práctica irregular. Defienden que están a la espera de que la Justicia determine la aplicación de los aranceles que deben cobrar por la cancelación una hipoteca, ya que "la falta de claridad del criterio introducido en la reforma ha motivado que se hayan dictado resoluciones administrativas contradictorias respecto a la aplicación de los aranceles".
En este sentido, López Pardiñas insistía en que se aplique la indicación de documento sin cuantía para este tipo de trámites aunque, tal y como reconocía "lógicamente tenemos que respetar si hay algún notario que discrepa del criterio general y quiere que eso sea revisado por los tribunales. Tiene derecho como cualquier ciudadano".