madrid. El Tribunal Supremo (TS) confirmó la sanción de un año de suspensión impuesta a una juez de Úbeda (Jaén) por abusar de su condición al abrir una investigación a un establecimiento en el que había comprado un perfume que no le gustó, y cuya encargada se negó a devolverle el dinero. La sentencia rechaza el recurso de la titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Úbeda, María Dolores Barragán, contra la decisión del Consejo General del Poder Judicial.
El órgano de gobierno de los jueces la suspendió por estos hechos en 2009 por un año y además acordó su traslado forzoso a un órgano a más de 100 kilómetros y le prohibió concursar a alguna plaza durante un año.
Los hechos tuvieron lugar en 2008. La juez acudió a la perfumería, compró un perfume por 49,95 euros y al entender que no ofrecía lo que esperaba envió a su empleada doméstica a la tienda para que lo devolviera. La encargada de la perfumería no accedió, por lo que, según la sentencia, se personó la juez, y le fue denegada la devolución. Entonces extendió una hoja de reclamación y recabó la presencia de la Policía Local.
Al día siguiente, la juez comunicó a la Policía que en el establecimiento se vendían colonias de reconocidas marcas que posiblemente estaban falsificadas y ordenó al inspector jefe practicar investigaciones sobre un posible delito contra la propiedad. Tras ello, volvió a la tienda para recuperar el importe, pues la encargada le había comunicado que podía hacerlo.
Una vez concluidas las actuaciones policiales fueron remitidas al Juzgado, la juez abrió diligencias, y acordó su archivo. El Supremo destaca que la juez pidió unas diligencias de investigación sin que hubiera procedimiento alguno, encomienda que fue recibida por la Policía como una aparente actuación judicial.