vitoria. Los ciclistas no siempre tienen prioridad sobre los vehículos a motor, sobre todo cuando deciden cruzar repentinamente por un paso de cebra. Los juzgados vitorianos han analizado un accidente ocurrido en octubre de 2009 en la calle Argentina de la capital alavesa y han estimado que la conductora del coche, pese a haber arrollado al hombre que guiaba la bicicleta, actuó correctamente. La magistrada encargada del caso ha desestimado la demanda interpuesta por el ciclista contra la mujer y absuelto a ésta de cualquier responsabilidad.

El siniestro tuvo lugar el 20 de octubre de 2009 cuando el demandante, que conducía una bicicleta por la acera, se dispuso a cruzar por un paso de peatones de la calle Argentina. Al descender a la calzada, fue golpeado ligeramente por un vehículo y cayó al suelo, según el relato del ciclista. De acuerdo con lo expuesto por la conductora del turismo, la bicicleta irrumpió en el paso de cebra de forma repentina y al ver llegar el coche se asustó, frenó bruscamente perdió el equilibrio. Un testigo que circulaba en coche tras la demandada confirmó que el ciclista bajó a la carretera de manera excesivamente apresurada. El ciclista, que sufrió una fractura, reclamó una indemnización y el pago de los gastos del taxi, la farmacia, el pantalón y la reparación de la bicicleta.

De acuerdo con la ordenanza municipal que afecta al empleo de la bicicleta en Vitoria, éstas deben circular por los carriles reservados al efecto y, en su defecto, pueden hacerlo por áreas peatonales siempre y cuando la afluencia de peatones lo permita. Dado que la colisión se produjo sobre el asfalto de la calle Argentina, la juez precisa que la única normativa aplicable es el Reglamento General de la Circulación. Entiende ésta que el ciclista, que circula montado en su bicicleta, debe extremar la precaución y comprobar que no se aproximan vehículos, ya que su velocidad de circulación es mayor que la de un peatón. "Al conductor de una bicicleta, como conductor de un vehículo que accede a una calzada por la que pueden circular vehículos, le es de aplicación la obligación de controlar su vehículo y la de tener una atención permanente a la conducción que garantice su seguridad y la de los demás", señala la magistrada.