Barcelona. El Govern de la Generalitat aprobó ayer el reglamento que desarrolla la Ley de espectáculos y actividades recreativas, que, entre otras cosas, otorga un marco legal a los afters hours.

El reglamento detalla las normas que estos locales, denominados "establecimientos de régimen especial", deben cumplir. Entre ellas destaca que se les conceda la licencia y que deben estar a más de 500 metros de cualquier núcleo urbano. El secretario general de la Federació catalana d"activitats recreatives musicals (Fecasarm), Joaquim Boadas, ha declarado que la distancia de 500 metros tendrá como excepción una reducción a 200 metros en caso de que se acrediten ciertas medidas, entre las que se cuentan las de aislamiento acústico. Las licencias para este tipo de locales serán municipales -las otorgarán los ayuntamientos- para los municipios que superen los 50.000 habitantes, aunque necesitarán de un informe vinculante previo de la Generalitat. En los municipios de menos habitantes que no tengan estas competencias delegadas, se necesitará una autorización de la Generalitat y la aprobación del consistorio en cuestión.

Los locales necesitarán un parking privado y de un personal de seguridad. El aforo determinará cuántos metros debe tener el aparcamiento y cuántos vigilantes y controladores necesita.

Este texto también establece que las prostitutas que ejercen en burdeles de Cataluña ya no estarán obligadas a pasar un control sanitario preventivo. Así la Generalitat quiere evitar que este requisito, vigente desde el año 2002, sea utilizado como reclamo para que los clientes no usen condón.

De esta forma, se mantiene la obligación de cumplir con las condiciones de higiene y salubridad de los locales establecidas en 2002, como por ejemplo que deberían tener habitación, baño, ducha, bidé y ventilación, así como disponer de preservativos homologados.