Vitoria. La ordenanza municipal contra el ruido y las vibraciones del Ayuntamiento de Vitoria generó un notable barullo desde el primer minuto de su presentación, allá por el mes de abril. En aquel momento, sus enunciados tan sólo parecían afectar a los locales de hostelería, más concretamente a los bares de los barrios, a los que se pensaba exigir la total insonorización en un máximo de 12 años.
Finalmente, la sangre no llegó al río y el Consistorio optó por suavizar el texto hasta abrir a sus titulares una puerta trasera: si pasaban a convertirse en degustaciones y con ello perdían alrededor de una hora y media de horario nocturno, podrían mantenerse sin acometer obras. Ahora, los tiros de la ordenanza apuntan en otra dirección. El objetivo se ha fijado sobre los comercios de alimentación ubicados bajo viviendas de más de 300 metros.
Estos locales, supermercados pertenecientes a grandes cadenas, deberán acreditar disponer de un recinto de carga y descarga completamente insonorizado para garantizar el descanso de los vecinos que residen sobre sus instalaciones. Un problema menor para las mencionadas cadenas de distribución, ya que tal y como ha podido comprobar este diario tras contactar con sus representantes, aseguran que los supermercados ubicados en zonas residenciales ya cumplen con estos requisitos de partida.
Así las cosas, sólo deberán superar las preceptivas visitas de los técnicos municipales de Medio Ambiente y Urbanismo para estar al día con la Ley municipal. Los que pueden encontrarse con un contratiempo algo mayor son algunas tiendas de gran formato, regentadas en su mayoría por ciudadanos de origen asiático, que se dedican a la venta de productos alimenticios y ocupan más de 300 metros cuadrados. El coste para adecuarse a los requisitos municipales puede resultar desorbitado.
El texto, revisado y sometido a modificaciones una vez rebasado el plazo de información pública y alegaciones, no deja lugar a dudas. Los establecimientos con superficie total construida inferior a 300 metros cuadrados no están obligados a disponer de zona de carga y descarga. Pero los que superen este volumen, deberán contar con un área específica para estas labores dotada de aislamiento acústico integral. El suelo, las paredes y el techo de esta sala no podrán dejar escapar niveles de ruido superiores a los 35 decibelios, es decir, el máximo permitido en salas de lectura o en dormitorios residenciales durante el horario nocturno. Como ejemplo, basta citar que una conversación en voz baja arroja 30 decibelios al ambiente.
menos problemas Con la aprobación de este texto, el Ayuntamiento logra una doble meta. Por una parte, garantiza el descanso de los vecinos que residen en bloques en los que se ubican establecimientos de alimentación -cuyos proveedores pueden provocar ruido durante las labores de reparto a intempestivas horas de la mañana- y, por otra, se evita tener que lidiar con conflictos como el que se generó hace unos años en el barrio de Lakua-Arriaga cuando un vecino denunció insistentemente al supermercado ubicado bajo su vivienda. En aquella ocasión, el asunto se solventó con una multa municipal de 1.200 euros y con una seria advertencia. Los responsables del establecimiento captaron el mensaje y, en los dos meses que les ofreció el Consistorio, sustituyeron el suelo de la zona en la que se llevaban a cabo los repartos por otro de tipo flotante que amortiguaba los ruidos generados, tal y como aseguraba el denunciante, a partir de las 8.00 horas.
El periodo de revisión de la normativa también ha servido a los responsables municipales para suavizar su postura inicial, ya que estaba previsto exigir todos estos condicionantes incluso a las tiendas familiares de menos de 300 metros, los clásicos negocios de ultramarinos. Finalmente, como ya sucediera con el apartado de los bares de barrio, el asunto no ha pasado a mayores, ya que según señaló en su día el grupo municipal de EA, esta imposición abocaría a muchos pequeños negocios de Vitoria al cierre definitivo. Eso sí, la nueva ordenanza establece que el horario de recepción de mercancías y de reposición de las mismas se adecuará en función del aislamiento conseguido. Si no se logran los índices de silencio requeridos, los establecimientos sólo podrán reabastecerse durante el horario diurno.