vitoria. Las decisiones que se han tomado en los últimos años para fomentar la conciliación de la vida laboral y familiar están dificultando la promoción de la mujer en el trabajo y aumentando la brecha salarial. Así lo ha puesto de manifiesto recientemente Emakunde, que ha denunciado el "efecto perverso" que están teniendo buena parte de las medidas adoptadas en esta línea, por lo que el Gobierno Vasco se ha propuesto actuar.
Para empezar, Lakua ha decido eliminar la discriminación positiva que existía hacia los hombres en materia de conciliación. A partir de ahora, y con carácter retroactivo desde el 1 de abril, tanto los varones como las mujeres recibirán la misma cuantía de dinero si se acogen a una excedencia por el cuidado de sus hijos. Así, el importe anual máximo por una liberación completa será de 3.500 euros. Por su parte, los que se acojan a una reducción de jornada del 45% recibirán 2.800 euros; 2.500 euros los que disfruten de una excedencia del 40%, mientras que quienes no trabajen el 33% de la jornada recibirán una ayuda de 2.200 euros.
La medida aprobada por el Departamento de Empleo y Asuntos Sociales busca la corresponsabilidad entre hombres y mujeres, consciente de que son ellas las que se acogen principalmente a las medidas de conciliación familiar. Sin ir más lejos, el 94% de las personas que el pasado año solicitaron una excedencia o reducción de jornada fue de sexo femenino. El tiempo ha demostrado que pese a que hasta ahora los hombres gozaban de mayores privilegios si se hacían cargo del cuidado de sus hijos, éstos no han respondido en la medida que se esperaba, ya que el peso de este tipo de tareas continúa recayendo sobre la población femenina. Es por ello que el ejecutivo vasco ha optado por igualar las ayudas.
Otra de las novedades es que existirá la posibilidad de disfrutar de este tipo de medidas únicamente en los periodos de vacaciones escolares. "Hasta la fecha, esta opción estaba totalmente descartada porque era preciso acogerse a más de 59 días de excedencia por reducción de jornada de manera continuada; ahora se pueden sumar periodos más cortos hasta llegar a esos 59 de manera intermitente", aseguró ayer la consejera del ramo, Gemma Zabaleta. Este periodo puede ser discontinuo cuando el solicitante tenga un contrato fijo-discontinuo o cuando esté afectado por un expediente de regulación de empleo. A los efectos de la ayuda, se entienden por vacaciones escolares de Semana Santa las dos semanas completas que transcurren desde el lunes previo a Jueves Santo hasta el domingo posterior al lunes de Pascua. Igualmente, se entienden por vacaciones escolares de verano el período comprendido entre el 1 de junio y el 30 de septiembre, ambos días incluidos, y por vacaciones escolares de Navidad, las semanas del 21 de diciembre al 9 de enero del siguiente ejercicio. Además, en los casos de reducción de jornada, se amplía en dos años el límite de disfrute de la ayuda, que ahora se prolongará hasta los ocho años del menor. En el caso de las excedencias, el menor del que se cuida no podrá tener más de tres años.
gravedad sanitaria El nuevo decreto también subvencionará a los trabajadores que estén al cuidados de familiares en situación de dependencia o de extrema gravedad sanitaria. Asimismo, para las empresas que tengan que sustituir a los empleados que se hayan acogido a una excedencia o reducción de jornada se conservan los criterios anteriores, si bien es cierto que se acepta por vez primera que el familiar dependiente esté ingresado en un centro de día.
Por último, en cuanto a la contratación de personas trabajadoras para el cuidado de hijos, se ha eliminado el requisito que negaba la ayuda a quien tuviera al niño matriculado en una guardería pública.