Un vecino de Gijón, J.L.A.L., sin antecedentes penales, fue condenado a dos años de prisión por haber almacenado y compartido material pedófilo a través de Internet. El magistrado del Juzgado de lo Penal número 3 de Gijón señala que sus actuaciones son constitutivas de un delito de corrupción de menores, concretado en el artículo 189 del Código Penal. El acusado reconoció los hechos que y la vista no llegó a desarrollarse. Únicamente consistió en la ratificación por parte del acusado de los hechos y la pena.