IRUÑEA. Los hechos que han dado lugar a esta sentencia ocurrieron a finales de 2008. La Guardia Civil había intervenido, con autorización judicial, el teléfono de uno de los acusados, quien, en una conversación con otras personas que no han sido identificadas, detalló que estaba preparando un viaje a un país extranjero para introducir "una importante cantidad de droga" en España, según recoge la sentencia.

Este acusado contactó con otro de los procesados, quien a su vez propuso al tercer acusado que viajara a Caracas (Venezuela) para traer de esta ciudad una maleta de cocaína. Una vez en Caracas, le indicaron que debía ir a Lima (Perú), donde finalmente se hizo con la droga.

El acusado volvió al aeropuerto de Madrid-Barajas el 24 de diciembre. Según le habían manifestado, él facturaría la maleta con la droga en Lima y un empleado del aeropuerto en España se encargaría de sacar la droga antes de que él la recuperara en la cinta de equipajes, recoge la sentencia.

Así, la Guardia Civil interceptó en Madrid la maleta después de que el acusado la recogiera y comprobó que estaba rasgada y que alguien había sacado la droga, "quedando sólo unos restos de cocaína, ya que la Guardia Civil le aplicó a esos restos el reactivo del narcotest y dio positivo a cocaína", dice la sentencia.

El tribunal añade que "al no haber podido incautar la droga transportada no se ha podido determinar ni la cuantía exacta de cocaína, la pureza, ni, por tanto, el valor en el mercado de la misma".

El acusado que viajó a Perú y el otro hombre que se lo propuso han sido condenados a tres años de prisión cada uno, con la atenuante de grave adicción a estupefacientes. El tercer procesado, que realizó los contactos telefónicos, ha sido condenado a dos años de prisión como cómplice de un delito contra la salud pública. La sentencia ha sido dictada de conformidad de los acusados con la petición del fiscal.