Madrid - El juez instructor de la causa por el proceso de independencia de Catalunya, Pablo Llarena, ha solicitado al Reino Unido continuar el trámite de euroorden de detención de la exconsejera Clara Ponsatí, huida en Escocia, al entender que tras el brexit su inmunidad como europarlamentaria no alcanza a este país. Así lo acuerda el magistrado del Tribunal Supremo en un auto en el que pide además a las autoridades del Reino Unido que valoren reforzar las medidas sobre Ponsatí para evitar su salida a otro país. En el mismo auto, el juez acuerda pedir al Parlamento Europeo que suspenda la inmunidad de Clara Ponsatí como eurodiputada para poder continuar con la ejecución de las euroórdenes de detención y entrega en los países de la UE.

En lo que afecta al procedimiento de ejecución de la euroorden que está tramitándose actualmente en Reino Unido, el juez señala que debe continuar ya que, tras la entrada en vigor el pasado sábado del acuerdo de retirada de Reino Unido de la UE, la inmunidad de los parlamentarios europeos no es una norma aplicable en el territorio de dicho país.

El auto añade que ello no comporta, sin más, que deba transformarse de inmediato el proceso de euroorden en uno de extradición regulado por el tratado bilateral al respecto entre España y el Reino Unido. Ello porque el acuerdo del brexit precisa que las eurórdenes de detención ya iniciadas, como es la de Ponsatí, deben seguir tramitándose dentro de la cooperación judicial en materia penal, con independencia de que la autoridad judicial de ejecución (en este caso Reino Unido) decida que la persona buscada deba seguir detenida o quedar en libertad provisional, agrega.

En este sentido, el magistrado plantea a la autoridad judicial de Reino Unido un posible reforzamiento de las medidas cautelares sobre Ponsatí si entiende que concurre un mayor riesgo de que la procesada eluda el procedimiento de cooperación que se está tramitando. Pablo Llarena advierte de que “pudiera confluir el riesgo de que la encausada abandone el territorio del Reino Unido para establecerse en un país de la Unión en el que la inmunidad le alcance”.

En cuanto a las euroórdenes para los países de la UE, el auto declara la pertinencia de mantenerlas solicitando al mismo tiempo del Parlamento Europeo que levante la inmunidad. Con relación a España, el juez mantiene la orden nacional de detención y recuerda que, al haber sido procesada Ponsatí el 21 de marzo de 2018, casi dos años antes de su proclamación como eurodiputada electa, no se debe solicitar suplicatorio para actuar contra ella en territorio español.

Esta resolución del instructor del caso del procés tiene lugar después de que el Parlamento Europeo reconociera este viernes a Ponsatí como eurodiputada pese a que la Junta Electoral Central (JEC) española dejó este jueves vacante su escaño por no haber acatado la Constitución. - DNA