Cada vez que llega una convocatoria electoral, y dejando a un lado los avatares políticos, la misma inquietud invade al ciudadano de a pie: el sorteo de las mesas. Aunque ser vocal o presidente es un trabajo que está remunerado (65 euros y la opción de trabajar cinco horas menos al día siguiente), son pocas las personas que de buena gana están dispuestas a sacrificar un domingo. Sin embargo, no es fácil librarse del encargo una vez se recibe la notificación. La Junta Electoral, encargada de todo el proceso, solo contempla las reclamaciones en casos muy concretos o de fuerza mayor.

Para empezar, en el censo para conformar los tribunales electorales entran todos los ciudadanos de 18 a 70 años que sepan leer y escribir, aunque en el caso de los mayores de 65 pueden renunciar siempre que avisen a la Junta con una semana de antelación. Según explica el secretario del Ayuntamiento de Vitoria, Martín Gartziandia, responsable del sorteo en la localidad, “el proceso de selección es sencillo; cada municipio emplea un programa informático elaborado por el Instituto Nacional de Estadística (INE) que sortea y conforma automáticamente las mesas de los colegios”. Cada una consta de un presidente, dos vocales y dos suplentes.

El programa del INE configura asimismo las notificaciones a entregar a los seleccionados. Este es un proceso más complejo, ya que los avisos deben completarse en el plazo de tres días desde que se realizó el sorteo y deben ser entregados en persona en los domicilios por agentes de las policías municipales. “Por tanto, se producen notificaciones positivas y fallidas, cuando el seleccionado no se encuentra en casa y no recibe la comunicación”, añade Gartziandia. Esto obliga en ocasiones a, si no se han podido conformar todas las mesas, realizar un segundo sorteo.

En cuanto a los motivos que pueden eximir a una persona de acudir a una mesa electoral, son contados y, la mayoría de ellos, evidentes. Según recoge la instrucción de 2011 de la Junta, están exentos quienes acrediten una discapacidad, las mujeres embarazadas de más de seis meses o quienes sufran una lesión, dolencia o enfermedad grave. Tampoco deberán acudir quienes tengan programada una operación quirúrgica o una prueba médica importante el día de las elecciones o en las fechas cercanas.

Respecto a los motivos familiares, podrán ausentarse las madres de bebés menores a nueve meses, los tutores de personas con discapacidades o quienes cuiden a algún pariente inválido o enfermo hasta el segundo grado de consanguinidad. También sirve de justificación el ser madre o padre de un menor de 14 años, siempre que se demuestre que el otro progenitor o algún familiar no puede hacerse cargo.

Más allá de los pretextos físicos o familiares, también hay otros motivos para ausentarse de una mesa. Se trata de los de carácter profesional, algunos de los cuales se contemplan en la instrucción de la Junta Electoral. Están exentos los trabajadores de la administración que tengan que prestar sus servicios la jornada de las elecciones; quienes ejerzan trabajos para la comunidad como médicos, sanitarios, protección civil y bomberos; y los directores de medios de comunicación o responsables de los servicios informativos.

¿qué pasa si tengo un viaje? El pretexto que más quebraderos de cabeza causa y que en la instrucción de la Junta queda en el aire es el de las vacaciones o viajes que puedan tener ya contratados algunos ciudadanos previamente a ser elegidos para los colegios electorales. Existe un punto genérico en el reglamento que se refiere a eventos familiares de especial relevancia o ineludibles, que es al que hacen referencia quienes recurren su nombramiento por motivos de viaje.

Sin embargo, al final la resolución de los recursos depende del criterio de cada Junta Electoral Local, por lo que en ocasiones las demandas son aceptadas y en otras no. Desde las instituciones animan a los ciudadanos a intentarlo, en caso de tener contratadas unas vacaciones y que les genere daño económico renunciar a ellas. “Se anima a la ciudadanía a recurrir, a justificar perjuicio por cancelar viajes, más si cabe en situaciones de gran perjuicio económico”, explica Gar-tziandia. A este respecto, los seleccionados tienen una semana de plazo para reclamar a la Junta. En el caso de Gasteiz, la convocatoria del 28-A ha generado “polémica e inquietud” al coincidir con el puente con motivo de San Prudencio y el Primero de Mayo, ya que muchos “aprovechan esa semana para irse de vacaciones”.

En estos casos, es alta la tentación de no presentarse en la mesa electoral el día de las elecciones. Sin embargo, no sale a cuenta faltar a la cita con el deber democrático, ya que ausentarse sin permiso de la Junta se traduce en penas de prisión de tres meses a un año o en multas de seis a 24 meses.

Causas físicas. Están exentos quienes acrediten una discapacidad, las mujeres embarazadas de más de seis meses o quienes tengan diagnosticada una enfermedad grave. Tampoco deberán ir las personas que tengan programada una operación quirúrgica o una prueba médica importante.

Causas familiares. Podrán ausentarse las madres de bebés menores a nueve meses, los tutores de personas con discapacidades o quienes cuiden a algún pariente inválido o enfermo hasta el segundo grado de consanguinidad.

Causas profesionales. No tendrán que acudir a las mesas los trabajadores de la Administración que tengan que prestar sus servicios la jornada de los comicios; quienes trabajen para la comunidad como médicos, sanitarios, protección civil y bomberos; y los directores de medios de comunicación o responsables de informativos.