Madrid - El Tribunal Supremo confirmó ayer el procesamiento por rebelión a la cúpula del procés, y colocó a todos ellos al borde de la inhabilitación a la espera de que lo confirme en un auto el juez Llarena, algo que nadie duda de que va a suceder de manera inminente. Esa decisión afectaría con mayor alcance a los siete diputados que se encuentran encausados, y alteraría la mayoría soberanista en el Parlament. Entre los procesados están el expresident Carles Puigdemont y el exvicepresident Oriol Junqueras, y ya se vislumbra otro conflicto institucional en el horizonte, porque el reglamento del Parlament solo contempla la suspensión automática de los cargos si existe una sentencia firme (no es el caso) o, en su ausencia, si existe un auto de procesamiento por determinados delitos y se cuenta, además, con el aval de la propia Cámara, donde el soberanismo tiene mayoría absoluta. En el caso de Puigdemont, además, existe una segunda variable: Alemania tendría que confirmar la extradición por rebelión. Si solo autoriza la entrega por malversación, no podría ser inhabilitado hasta que se produjera la sentencia final, porque esta suspensión exprés solo se permite para los casos de terrorismo y rebelión.

La Sala de Apelaciones confirmó ayer el procesamiento en un auto donde deja ver sus dificultades para justificar que existe un delito de rebelión por los problemas para acreditar que existió violencia en el referéndum de independencia del 1 de octubre. Reconoce que es una tipificación que se asocia a golpes militares, pero a renglón seguido añade que es posible la rebelión “sin armas”. “Cabe una rebelión sin armas”, argumenta la Sala en un auto en el que rechaza los recursos presentados por quince implicados en la causa. Según dice, aunque el término rebelión “evoca pronunciamientos militares, ejecutados ordinariamente con armas”, el Código Penal no exige que se empleen, con lo que concluye que “aunque la violencia debe estar necesariamente presente, cabe una rebelión sin armas”. A su juicio, hubo violencia porque “incitaron a ir a votar y en consecuencia a enfrentarse físicamente con las fuerzas del Estado a más de 2 millones de personas”. Por lo tanto, confirma el procesamiento por rebelión a trece personas (además de Puigdemont y Junqueras, procesa a los exconsellers Jordi Turull, Josep Rull, Joaquim Forn, Raül Romeva, Clara Ponsatí, Toni Comín y Dolors Bassa; la ex secretaria general de ERC Marta Rovira; la expresidenta del Parlament Carme Forcadell; el exdirigente de ANC Jordi Sànchez y el presidente de Ómnium Cultural, Jordi Cuixart). Puigdemont, Junqueras, Turull, Rull, Romeva, Sànchez y Comín son diputados, y a ellos les afectaría en toda su crudeza la suspensión.

Llarena se va a aferrar al artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que contempla la suspensión cuando se dicte un auto de procesamiento firme contra una persona en prisión provisional por un delito relacionado “con bandas armadas o individuos terroristas o rebeldes”. La medida no es automática, sino que la debe acordar de forma razonada el juez Pablo Llarena. La suspensión se extendería hasta la sentencia final, donde tampoco está en duda que Llarena apostará por una condena elevada y una inhabilitación. En este contexto, algunos investigados trataron de hacer ver al tribunal que su expulsión del ruedo político podría alterar las mayorías en el Parlament.

El tribunal también confirma el procesamiento por malversación para 14 personas, un delito que no estuvo exento de polémica porque el exministro Montoro defendió que no se gastó un euro en el referéndum gracias al control de Madrid, aunque luego puntualizó que pudo haber falsedad documental en los funcionarios. Para el tribunal, “se organizó un sistema de engaño que, bajo la apariencia de partidas presupuestarias correctamente ejecutadas, ocultaba el destino de cantidades a otros fines”.