MADRID - El conflicto que le ha costado el cargo a Màxim Huerta está muy lejos de ser un caso aislado. El ya extitular de Cultura y Deportes fue sancionado a abonar 366.000 euros a Hacienda por 218.000 euros que dejó de pagar en 2006, 2007 y 2008 cuando trabajaba como presentador de televisión, una sentencia firme que ayer trascendió públicamente. Según los asesores fiscales, la estrategia fiscal de Huerta para reducir su factura fiscal es un caso muy generalizado entre los profesionales que realizan su tarea como freelance. Atendiendo al espíritu de la ley tributaria, todos los trabajos realizados por estos profesionales deben facturarse como personas físicas, en incluir las remuneraciones percibidas como rentas procedentes de actividades económicas en su declaración de la renta personal. Esto implica que con bases liquidables superiores a los 60.000 euros, el tipo marginal que se debe abonar al Fisco es del 45% en general, y del 48% si se tributa en Catalunya. Para rebajar esta factura fiscal, los asesores suelen recomendar que siempre que los ingresos superen alrededor de 60.000 euros tributen a través de una sociedad. Y eso es exactamente lo que hizo en su momento el ministro.

Según explican las dos sentencias del TSJM, Huerta se dedujo por actividades artísticas 43.770 euros en 2006, 80.481 en 2007 y 24.451 en 2008, habiendo declarado solo por servicios profesionales o rendimientos del trabajo 44.400, 43.065 y 60.000 euros, respectivamente. Como consecuencia, del total de ingresos de los tres ejercicios, 798.520 euros, solo tributó por IRPF 21.860. Así, Huerta llegó a cobrar unos 800.000 euros del programa de Ana Rosa Quintana, siendo solo una parte de sus ingresos. Por ello, los asesores fiscales le aconsejaron tributar vía sociedades. En concreto, Almaximo Profesionales de la Imagen, una sociedad unipersonal cuyo administrador único era el propio Huerta. Con esta estratagema, las facturas se emitían a través de su sociedad, que tributaba en el Impuesto de Sociedades por los beneficios (la cuantía resultante de restar a los ingresos el sueldo que él mismo se pusiera y los gastos adscritos a su actividad). El tipo máximo en este caso apenas llega al 25% para pymes.

Otro de los motivos por los que los profesionales apuestan por tributar en Sociedades también es que, en principio, tienen más margen que un autónomo para deducirse gastos, desde luz, agua, hasta gasolina o vehículos. El problema es que hace dos años, el entonces ministro Montoro anunció una campaña de inspección específica sobre estos profesionales. Y “el volumen de inspecciones ha sido muy alto los últimos años”. Hacienda cree que este tipo de sociedad no aporta ningún valor y obliga al contribuyente a tributar por todos sus ingresos a través del IRPF.

Hacienda ve “fraude fiscal” Por su parte, el presidente del sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha), Carlos Cruzado, aseguró que el caso de Màxim Huerta, por el que fue condenado en 2017 es “un fraude fiscal” y no obedece, como argumenta el ministro, a un cambio de criterio en la Agencia Tributaria. Considera que da “mal ejemplo” al resto de los españoles. “Sin duda, podemos hablar de fraude fiscal y la sentencia habla de elusión en el pago del impuesto sobre la renta”, señaló en laSexta, donde explicó que no se produjo tal “cambio de criterio” en la Agencia Tributaria, porque nunca estuvo permitido utilizar “una sociedad de forma instrumental como pantalla” para “eludir el pago del impuesto”.