Madrid - La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo confirmó la condena a 535 años de cárcel a los miembros de la banda terrorista ETA Liher Rodríguez Aretxalabeta y Alaitz Aramendi por el atentado perpetrado con furgoneta bomba el 25 de mayo de 2005 en el madrileño distrito de San Blas y que causó 46 heridos.

El alto tribunal rechazó todos los motivos de los recursos de los condenados contra la sentencia de julio del pasado año. De esta forma, ratificó que se condenara a Aretxabaleta y a Aramendi por los delitos de intento de asesinato terrorista a 46 personas, catorce de ellas agentes de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, y de estragos terroristas. Además, les obliga a indemnizar con más de medio millón de euros a las víctimas y a los dueños de los inmuebles afectados, entre ellos el Ayuntamiento de Madrid, al que deberán abonar 407.578 euros por los daños ocasionados.

La sentencia considera probado que los dos activistas de ETA --para quienes la Fiscalía pedía inicialmente 718 años de prisión- robaron el día previo al del atentado una furgoneta Renault Express en la madrileña localidad de El Escorial, y se trasladaron a Valdemorillo para cargar veinte kilos de cloratita que usaron como explosivo. Ya en Madrid estacionaron el vehículo en la calle Rufino González, esquina con Alcalá, “con el fin de causar el mayor daño material posible y ocasionar la muerte o lesiones” a las personas que se encontraran allí.

Los miembros de la banda esperaron a primera hora de la mañana para alertar, vía telefónica, al diario Gara de la explosión que se produjo a las 9.30 horas. Como consecuencia del atentado, 46 personas resultaron heridas y cerca de veinte vehículos, dos ciclomotores y varios inmuebles sufrieron desperfectos.

La defensa de los acusados planteó en su recurso, al igual que hiciera durante el juicio en la Audiencia Nacional, que no había dolo homicida, puesto que avisaron 45 minutos antes de la deflagración. - E.P.