MADRID. El juez del caso del Tribunal Supremo Pablo Llarena y la Fiscalía General del Estado han anunciado que estudiarán acudir al Tribunal de Justicia de la Unión Europea tras la decisión de Alemania de dejar en libertad al expresidente catalán Carles Puigdemont.

En concreto, lo que el juez español plantearía es cómo deben interpretarse las normas que regulan las órdenes internacionales de detención en la UE, lo que, indirectamente, podría suponer cuestionar si han sido correctamente aplicadas esas normas por los jueces alemanes, o bien preguntar cuáles son las acciones que él puede tomar tras la decisión alemana.

La presentación de una cuestión prejudicial podría dejar a Puigdemont en la situación en la que estaba antes de su procesamiento e inmediata petición de entrega, porque la orden podría quedar en suspenso provisional, según fuentes del Supremo.

Es decir, cabe la posibilidad de que esta iniciativa deje aparcada temporalmente la acción penal contra Puigdemont mientras el resto del proceso continúa.

Por su parte, la Fiscalía estudiará "la eventual posibilidad de ejercitar las acciones pertinentes para la protección y defensa del orden jurídico europeo relativas a la Orden Europea de Detención y Entrega (OEDE) ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)" tras la decisión del el Tribunal Regional Superior de Schleswig-Holstein de dejar en libertad al expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y descartar que una eventual entrega a España por el delito de rebelión.

El anuncio de la Fiscalía se produce después de que el magistrado instructor de la causa del 'procés' en el Tribunal Supremo, Pablo Llarena, anunciara que también estudia la posibilidad de plantear una cuestión prejudicial al TJUE sobre de la orden de detención europea y los procedimientos de entrega entre estados miembros.

En su nota, la Fiscalía destaca que el Considerando (9) de Decisión Marco de 13 de junio de 2002 relativa a la orden de detención europea y a los procedimientos de entrega entre Estados miembros dispone que "la función de las autoridades centrales en la ejecución de una orden de detención europea debe limitarse a un apoyo práctico y administrativo".

Apunta también la Fiscalía a la afirmación contenida en el artículo 4 de la citada Decisión Marco, según el cual "para los delitos distintos de los mencionados en el apartado 2, la entrega podrá supeditarse al requisito de que los hechos que justifiquen la emisión de la orden de detención europea sean constitutivos de un delito respecto del Derecho del Estado miembro de ejecución, con independencia de los elementos constitutivos o la calificación del mismo".

El Ministerio Público español expresa no obstante su reconocimiento al "intenso" trabajo realizado por la Fiscalía alemana que ha desarrollado su labor en requerimiento a la petición de la euroorden librada por las autoridades judiciales españolas y en el marco de la regulación de la OEDE.

Puntualiza, además, que la decisión decretada por el Tribunal afecta exclusivamente a la medida cautelar adoptada respecto a Puigdemont "pero no es una medida definitiva", en el sentido que no entra a prejuzgar el fondo del asunto relativo a la entrega del mismo.

Finalmente, la Fiscalía General del Estado expresa su confianza en que la decisión de fondo del tribunal alemán --la relativa a la entrega o no del exmandatario español-- respete los principios dimanantes de la Decisión Marco y el reconocimiento mutuo en el sistema de la orden europea de detención.

De formalizarse una petición al tribunal europeo con sede en Luxemburgo, por parte de Llarena o de la Fiscalía, la tramitación de la OEDE remitida a Alemania por los delitos de rebelión y malversación queda en suspenso hasta que el tribunal europeo resuelva.

Esta paralización de la OED daría tiempo a Llarena para replantear su estrategia procesal tras el revés sufrido tras la decisión del tribunal Tribunal Regional Superior de Schleswig-Holstein, que únicamente deja la posibilidad de entregar al exmandatario catalán por malversación y decarta así que pueda juzgársele en España por la conducta más grave que es la de rebelión.

Los dos anuncios se producen tras conocerse que la Fiscalía alemana anunciara que no ve margen legal para recurrir la decisión del Tribunal Regional Superior de Schleswig-Holstein. El TJUE no es un órgano al que recurrir como tal esta decisión, ya que su función es interpretar la legislación de la UE para garantizar que se aplique de la misma manera en todos los países miembros y resuelve los litigios entre los gobiernos nacionales y las instituciones europeas.