barcelona - Jordi Sànchez, que apunta al cargo de president tras el acuerdo de Govern que está perfilando el independentismo y cuyo abogado pedirá su libertad o permiso si es el candidato, se halla incapacitado legalmente por el juez del Supremo Pablo Llarena para acudir al Parlament, lo que supondría un obstáculo para su elección. El magistrado fijó en un reciente auto “la incapacidad legal prolongada” de Sànchez, entre otros dirigentes soberanistas, “para cumplir el deber de asistir a los debates y las votaciones” del pleno del Parlament. Tanto Llarena como el propio Supremo admitieron el derecho a la participación política de Sànchez, pero precisando la necesidad de encontrar fórmulas para respetarlo sin dañar los objetivos de la investigación penal. Un complejo equilibrio donde, según Llarena, tal derecho debe ejercerse por delegación de voto mientras siga en prisión preventiva, de modo que le prohibió acudir a la Càmara, además de denegarle su libertad provisional.
El número dos de la candidatura de JxCat -en prisión desde el 16 de octubre de 2017- volverá a pedir su puesta en libertad si es propuesto candidato, según su abogado, Jordi Pina. Si la solicitud vuelve a ser denegada, reclamará un permiso penitenciario para que pudiese asistir a la investidura, aunque después tuviese que volver a la cárcel y ejercer como jefe del Govern desde prisión. Además, en el auto de principios de febrero señaló más motivos para que siga encarcelado aunque sea provisionalmente. Entre otros, el riesgo de reiteración delictiva, puesto que Sànchez ratificó su compromiso con una candidatura cuyo líder, Carles Puigdemont, busca “restablecer” la dinámica política por la que se llegó a la DUI. Llarena remarcó la intención con la que Sànchez buscó los fines secesionistas al impulsar como presidente de la ANC movilizaciones multitudinarias que favorecieron “un estallido social”.
En cuanto a posibles permisos, el magistrado consideró razonable “establecer restricciones” al derecho a la representación política de Sànchez porque se dan “las condiciones de gravedad” que contempla la Ley de Enjuiciamiento Criminal en el artículo que regula la suspensión de cargos públicos procesados y en prisión preventiva, pese a que Sànchez no ha sido aún procesado. “Por último, existe una previsión legal habilitante para restringir el derecho de representación con actuaciones más limitadas que su suspensión”, señaló también el juez, en referencia a la Ley Orgánica General Penitenciaria. Así, los internos podrán ejercitar los derechos políticos, sin excluir el sufragio, salvo cuando su ejercicio fuera incompatible con el objeto de su detención o con el cumplimiento de la condena”.
En este caso, la medida de prisión preventiva trata de conjurar el riesgo de reiteración delictiva y de persistencia en el intento de secesión, lo que resulta “inconciliable” con el permiso que Sànchez, Oriol Junqueras y Joaquim Forn -que ya no es diputado- pidieron para asistir al pleno del 30 de enero de 2018.
El Gobierno de Mariano Rajoy quiere que el aspirante a regir la Generalitat esté libre de causas judiciales. Enric Millo, delegado del Gobierno en Catalunya, aseguró ayer que “estamos en plena aplicación del 155, que terminará cuando el presidente del Parlament proponga un candidato que cumpla los requisitos y pueda ser elegido”. “No hay voluntad de facilitar las cosas”, zanjó. El ministro de Justicia, Rafael Catalá, compartió posición: “Es inimaginable pensar en un presidente de gobierno autonómico “que está huido de la justicia y fuera de España”, aludiendo a Puigdemont, y también es “difícil” pensar en un presidente autonómico “que está en prisión y no puede ejercer sus funciones”.