PALMA DE MALLORCA. Según la sentencia ahora ratificada, las canciones incluyen expresiones en apoyo y alabanza a las organizaciones terroristas Grapo, ETA, y a algunos de sus miembros, así como contra el titular de la Corona y sus familiares, y contra el presidente del Circulo Balear, Jorge Campos, contra quien se dirigieron las amenazas.
De esta manera, el alto tribunal rechaza los argumentos del acusado, que defendió haber actuado en ejercicio de sus derechos a la libertad de expresión y a la creación artística, y subrayó que "el lenguaje del rap es extremo, provocador, alegórico y simbólico".
Con esto, el Supremo rechaza sus argumentos al considerar que "basta con leer los hechos declarados probados" en la sentencia "para comprender la gravedad de las expresiones contenidas y su correcto encaje en los tipos penales de referencia".
Así, aseguran que la sentencia de instancia no "reelabora", "ni saca de contexto", las letras, nada inocuas por sí mismas, sino que lo que hace es agruparlas en la fundamentación jurídica al objeto de subsumirlas en los tipos penales atribuidos al acusado".