madrid - Los partidos que quieran presentarse a las elecciones catalanas convocadas para el 21 de diciembre tendrán de plazo hasta el 17 de noviembre para hacerlo ante la Junta Electoral, según la Ley Orgánica del Régimen Electoral (Loreg), por la que se rige esta convocatoria.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicaba ayer el decreto de disolución del Parlamento catalán, ordenado por el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, en aplicación de las medidas autorizadas por el Senado al amparo del artículo 155 de la Constitución, y la convocatoria de comicios para el jueves 21 de diciembre.
Con esta publicación se pone en marcha un ajustado calendario electoral que culminará con las elecciones. Al ser en día laboral, la legislación permite a los electores disponer de cuatro horas remuneradas durante la jornada de trabajo para votar. Dado que Catalunya no tiene una ley electoral propia se rige por la Loreg, y el proceso de comicios tendrá que ser supervisado por la Junta Electoral Central (JEC), renovada recientemente con nuevos nombramientos.
El censo que se utilizará será el cerrado el pasado 1 de agosto, en virtud del artículo 39 de esta ley, que dice que para cada elección el censo electoral vigente será el cerrado el día primero del segundo mes anterior a la convocatoria.
La Loreg es muy estricta respecto a los plazos y procedimientos que deben cumplir tanto los partidos y coaliciones que quieren concurrir a las urnas, como las administraciones públicas que deben garantizar el desarrollo y limpieza del proceso hasta la constitución del nuevo Parlamento.
Unas elecciones para las que habrá una campaña electoral de 15 días, que comenzará a las cero horas del día 5 de diciembre y que acabará a las doce de la noche del día 19. El día 20 será la jornada de reflexión.
En función de la normativa electoral, ayer mismo se inició el plazo de solicitud de voto por correo; antes de una semana, los ayuntamientos deberán comunicar a las juntas electorales los emplazamientos para que los partidos coloquen carteles, pancartas y banderolas.
Según el artículo 45 de la Loreg, las candidaturas suscritas por los representantes de los partidos, federaciones y coaliciones y por los promotores de las agrupaciones de electores se presentan ante la junta electoral competente entre el decimoquinto y el vigésimo día posteriores a la convocatoria, es decir, entre el 12 y el 17 de noviembre. No obstante, los partidos que vayan a ir en coalición deberán comunicarlo antes, en los diez días siguientes a la convocatoria electoral, antes del 7 de noviembre. Las candidaturas presentadas deben ser publicadas el vigésimo segundo día posterior a la convocatoria y, ante posibles irregularidades, el plazo para subsanarlas es de 48 horas.
El vigésimo séptimo día posterior a la convocatoria las juntas electorales competentes procederán a la proclamación de candidatos, y las candidaturas proclamadas serán publicadas el vigésimo octavo día posterior a la convocatoria. - Efe