gasteiz - A falta de un acuerdo político, la Ley vasca de abusos policiales cometidos entre 1978 y 1999 está al albur de la decisión que el Tribunal Constitucional tome cuando corresponda, probablemente no antes de dos años. Para lo que sí hay plazo es para mantener o no la suspensión de los seis artículos recurridos por el Gobierno central, el 10 de octubre. Ayer el Gobierno Vasco dio a conocer los cuatro grandes argumentos presentados ante los magistrados para permitir la aplicación integra de la ley. Defiende Lakua que la norma se asienta en la doctrina que emana de los tratados internacionales en materia de derechos humanos, alega que es obligación de un estado de derecho garantizar el reconocimiento a las víctimas, asegura que el Estatuto de Gernika avala la competencia de la CAV en la materia; y por último señala que la ley no persigue la sanción del infractor, sino la reparación de las víctimas.
Empezando por este último aspecto, uno de los que con más vehemencia reprocha la Administración central, el Gobierno Vasco afirma que el Estado “ignora la literalidad de la ley impugnada”, pues “no interfiere en el proceso penal, ni despliega potestad sancionadora alguna sobre los actos causantes de las vulneraciones de derechos humanos”.
Es más, se recuerda en las alegaciones que en torno a la controvertida Comisión de Valoración, que el Estado interpreta como una especie de tribunal penal paralelo, se han adoptado “cautelas” como garantizar “en todo momento los derechos de terceras personas que puedan aparecer reflejadas en los expedientes”, “comunicar a la vía judicial los expedientes no prescritos”, “suspender toda actuación si se conoce que hay causas judiciales o administrativas abiertas sobre los hechos”, o “salvaguardar el derecho a la protección de datos cuando se dé la colaboración entre administraciones públicas”. La ley se limita, por tanto, “al reconocimiento y reparación de víctimas”.
En cuanto al encaje de la norma en la legalidad internacional, Lakua alega ante el Constitucional que “los tratados, convenios o resoluciones internacionales vinculan a todos los Estados y establecen claras obligaciones hacia ellos”, en materia de protección de los derechos humanos y de las víctimas de sus vulneraciones. En ese sentido, el artículo 9 de la Resolución 60/147 de Naciones Unidas contempla “expresamente” el reconocimiento y la reparación a las víctimas “con independencia de si el autor de la violación ha sido identificado, aprehendido, juzgado o condenado”.
Por otro lado, el recurso del Gobierno central sostiene que, para obtener la condición de víctima, ha de existir una actuación judicial o un informe de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Según el Ejecutivo autónomo, la existencia de las víctimas de abusos policiales cometidos entre 1978 y 1999 “ha quedado objetivamente acreditada en informes, informaciones publicadas o instancias académicas y expertas”, y por tanto “la aportación de resolución judicial firme no constituye la única manera de acreditar la vulneración de un derecho”.
Por último, Lakua defiende su competencia para dictar esta ley porque “se inserta con claridad en el ámbito de los servicios sociales” y tanto el Estatuto como la Constitución encomiendan a la CAV hacerse cargo de esas materias.
rajoy, abierto al acuerdo Si el Gobierno Vasco no tiene dudas del encaje constitucional de la ley de abusos, el presidente el Ejecutivo español, Mariano Rajoy, estima lo contrario, aunque tampoco de forma categórica. Rajoy respondió a las preguntas del senador jeltzale Jokin Bildarratz, quien incidió en que la mayor parte de los casos que contemplan esa ley están prescritos y que solo persigue la reparación y el reconocimiento a las víctima de violaciones de derechos humanos, informa Efe. Según Rajoy, puede haber vulneración de la Constitución, aunque afirmó que no rechaza alcanzar acuerdos.